Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 9 de mayo de 2025, relativo a rectificación de errores materiales del Plan Estratégico de Subvenciones de la CAM 2024-2026.
El Consejo de Gobierno, en sesión resolutiva Ordinaria celebrada el día 9 de mayo de 2025, adoptó entre otros, el siguiente acuerdo (2025000476):
“PUNTO DÉCIMO PRIMERO.- RECTIFICACIÓN ERRORES MATERIALES PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CAM 2024-2026.- El Consejo de Gobierno acuerda aprobar Propuesta de la Presidencia, que literalmente dice:
“RECTIFICACION DE ERRORES MATERIALES PLAN ESTRATEGICO DE SUBVENCIONES DE LA CIUDAD AUÓNOMA DE MELILLA 2024- 2026
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Consejo de Gobierno en sesión resolutiva extraordinaria de carácter urgente celebrada el día 29 de abril de 2024 aprobó, a propuesta de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad el PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA CAM PARA EL PERIODO 2024-2026. Dicho Acuerdo fue objeto de publicación en el mismo día en el Boletín Oficial Extraordinario de Melilla con ordinal 30, observándose errores u omisiones en el contenido del mismo.
SEGUNDO.- El Consejo de Gobierno en sesión resolutiva extraordinaria de carácter urgente celebrada el día 30 de abril de 2024 aprobó las modificaciones, a propuesta de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad del PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA CAM PARA EL PERIODO 2024-2026.
TERCERO.- Dicho Acuerdo fue objeto de publicación en el Boletín Oficial Extraordinario de Melilla núm. 31 de martes 30 de abril de 2024 observándose, nuevamente, errores numéricos en algunas partidas presupuestarias u omisiones en el contenido del mismo, siendo rectificada por el Consejo de Gobierno, en sesión Ordinaria celebrada el 1 de Julio de 2024 y publicada en el Boletín Oficial de Melilla núm. 43 de fecha 10 de Julio de 2024.
CUARTO.- El Consejo de Gobierno, en sesión resolutiva Ordinaria celebrada el día 18 de octubre de 2024, adoptó entre otros, el acuerdo de “RECTIFICACION DE ERRORES MATERIALES PLAN ESTRATEGICO DE SUBVENCIONES 2024- 2026” (BOME Extraordinario número 70, de 12 de noviembre de 2024).
QUINTO.- El Consejo de Gobierno, en sesión resolutiva extraordinaria de carácter urgente celebrada de 5 de marzo de 2025, adoptó mediante acuerdo ACG2025000169, a propuesta de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, la modificación del PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA CAM PARA EL PERIODO 2024-2026 (BOME extraordinario núm. 17, de 7 de marzo de 2025).
SEXTO.- El Consejo de Gobierno, en sesión resolutiva ordinaria celebrada el día 25 de abril de 2025, una vez terminados los asuntos contenidos en el orden del día y previa a su declaración de urgencia, adoptó mediante acuerdo núm. 202500045 aprobar la propuesta de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, relativa a la MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL PERIODO 2024-2026 (BOME extr. núm. 26, de 29 de abril de 2025).
Advertido manifiesto error en el contenido del Plan Estratégico de Subvenciones 2024- 2026 aprobado en el que no se incluyen las siguientes líneas de subvención que se proponían para su inclusión en el apartado SÉPTIMO del acuerdo de Consejo de Gobierno, de 25/04/2025, así como error en la denominación de la Dirección General proponente, correspondiendo a la Dirección General de Política Educativa:
“LINEA DE SUBVENCION 1º -
SUBVENCIÓN PARA LAS MEJORES NOTAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
AREA DE COMPETENCIA Consejería de Educación, Juventud y Deporte
CENTRO GESTOR Dirección General de Política Educativa
SECTORES A LOS QUE SE DIRIGEN LAS AYUDAS Estudiantes de Formación Profesional de la Ciudad Autónoma de Melilla
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER Impulsar la matriculación en la Formación Profesional para reducir el abandono escolar temprano y premiar a los mejores resultados académicos
PLAZO PARA SU CONSECUCIÓN De carácter permanente con periodicidad ANUAL -Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias
COSTE PREVISIBLE 120.000 €
APORTACIÓN DE OTROS ENTES/ FUENTE DE FINANCIACIÓN Fondos de la Ciudad Autónoma de Melilla. No consta otros
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA PARTIDA BENEFICIARIO CONCEPTO IMPORTE 14/32602/48000.
Estudiantes de Formación Profesional de la Ciudad Autónoma de Melilla
Subvención para las mejores notas de Formación Profesional de la Ciudad Autónoma de Melilla. 120.000€
PLAN DE ACCIÓN
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
- Seguimiento: Control de gastos previo presupuesto del coste y con la pertinente documentación justificativa
- Evaluación: Estudio de las necesidades satisfechas - El centro Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.
1º - SUBVENCIÓN PARA LA OBTENCIÓN DEL CARNÉ DE CONDUCIR TIPO B A LOS JÓVENES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
AREA DE COMPETENCIA Consejería de Educación, Juventud y Deporte
CENTRO GESTOR Dirección General de Política Educativa
SECTORES A LOS QUE SE DIRIGEN LAS AYUDAS Jóvenes de la Ciudad Autónoma de Melilla.
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER Facilitar a los jóvenes melillenses la obtención del carné de conducir tipo B, fomentando el empleo juvenil y por lo tanto reduciendo el paro de este sector de la población, además de apoyar a la autonomía y al desarrollo personal de los jóvenes
PLAZO PARA SU CONSECUCIÓN De carácter permanente con periodicidad ANUAL -Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias
COSTE PREVISIBLE 250.000 €
APORTACIÓN DE OTROS ENTES/ FUENTE DE FINANCIACIÓN Fondos de la Ciudad Autónoma de Melilla. No consta otros
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA PARTIDA BENEFICIARIO CONCEPTO IMPORTE 14/33440/48002 Jóvenes de la Ciudad Autónoma de Melilla
Subvención para la obtención del carné de conducir tipo b a los jóvenes de la Ciudad Autónoma de Melilla
TOTAL 250.000 €
PLAN DE ACCIÓN
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
- Seguimiento: Control de gastos previo presupuesto del coste y con la pertinente documentación justificativa
- Evaluación: Estudio de las necesidades satisfechas
- El centro Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo
LÍNEA DE SUBVENCIÓN : 2º -
SUBVENCIÓN PARA LA REPOSICIÓN DEL AJUAR DOMÉSTICO A LOS JÓVENES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
AREA DE COMPETENCIA Consejería de Educación, Juventud y Deporte
CENTRO GESTOR Dirección General de Política Educativa
SECTORES A LOS QUE SE DIRIGEN LAS AYUDAS Jóvenes de la Ciudad Autónoma de Melilla.
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER Apoyar a los jóvenes melillenses a su emancipación a través de la compra de electrodomésticos, mobiliario de cocina y baño, mobiliario general del hogar o equipos electrónicos. Todo ello mejorará la salud y el bienestar de nuestros jóvenes y contribuirá a la sostenibilidad y eficiencia energética.
PLAZO PARA SU CONSECUCIÓN De carácter permanente con periodicidad ANUAL -Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias
COSTE PREVISIBLE 600.000 €
APORTACIÓN DE OTROS ENTES/ FUENTE DE FINANCIACIÓN Fondos de la Ciudad Autónoma de Melilla. No consta otros
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA PARTIDA BENEFICIARIO CONCEPTO IMPORTE 14/33440/78001
Jóvenes de la Ciudad Autónoma de Melilla
Subvención para la reposición del ajuar doméstico a los jóvenes de la Ciudad Autónoma de Melilla
TOTAL 600.000 €
PLAN DE ACCIÓN
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
- Seguimiento: Control de gastos previo presupuesto del coste y con la pertinente documentación justificativa
- Evaluación: Estudio de las necesidades satisfechas - El centro Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo”
SEXTO.- En informe evacuado por la Secretaría Técnica de la Consejería de Presidencia, de 06/05/2025, se informa FAVORABLENTE, a la rectificación de error material sufrida en la aprobación del Plan Estratégico General de la CAM para el período 2024-2026 y ello sustentado en que:
“(...)
PRIMERO.- Atendiendo al artículo 39.1 de la Ley 39/2015, de 1 octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones públicas, los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo se presumirán válidos y producirán efectos desde la fecha en que se dicten. Sin embargo, en su calidad de administración Pública de carácter territorial, y dentro de la esfera de sus competencias, le corresponde, en todo caso, a la Ciudad Autónoma de Melilla la potestad de revisión de oficio de sus actos y acuerdos.
SEGUNDO.- El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, heredero de los artículos 105.2 de la Ley 30/1992 y del artículo 111 de la Ley de Procedimiento Administrativo de 1958, dispone:
«2. Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos» (...)”
Del mismo modo incide que los errores que se pretenden corregir “(...) ningún caso, un aumento presupuestario ni patrimonial (...)”
Por todo lo anterior y de conformidad con los documentos aportados al expediente, vengo en proponer al Consejo de Gobierno lo siguiente:
Aprobación de la rectificación de errores del Plan estratégico de Subvenciones 2024-26, incluyendo las líneas de actuación indicadas quedando con el literal siguiente:
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA PARA EL PERIODO 2024-2026
INDICE
PREÁMBULO.. 874
ARTÍCULO 1.874
ARTÍCULO 2.875
ARTÍCULO 3.875
ARTÍCULO 4.875
ARTÍCULO 5.875
ARTÍCULO 6.875
CAPÍTULO 2.- CONTENIDO DEL PLAN.. 875
ARTÍCULO 7.875
ARTÍCULO 8.876
ARTÍCULO 9.876
CAPÍTULO 3.- BENEFICIARIOS Y MATERIAS DE LAS SUBVENCIONES. 876
ARTÍCULO 10.876
CAPÍTULO 4.- EVALUACIÓN DE LA EFICACIA DE LOS PROGRAMAS SUBVENCIONADOS. ANÁLISIS DE RESULTADOS. 876
ARTÍCULO 11.876
ARTÍCULO 12.876
CAPÍTULO 5: CONTROL FINANCIERO DE LOS PROGRAMAS SUBVENCIONADOS. 876
ARTÍCULO 13.876
CAPÍTULO 6: PROCEDIMIENTO DE MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES. 876
ARTÍCULO 14.876
DISPOSICIÓN TRANSITORIA 1ª876
1.- CONSEJERIA DE POLITICAS SOCIALES Y SALUD.. 877
A.- EN EL ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES. 877
B.- EN EL ÁREA DE SALUD PÚBLICA.. 879
C.- EN EL ÁREA DEL MENOR Y LA FAMILIA.. 880
2.-CONSEJERIA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PUBLICAS E IGUALDAD.. 885
A.- DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA.885
B.- DIRECCIÓN GENERAL DEL PRESIDENTE. 885
C.- DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA UNIVERSITARIA.. 888
D.- DIRECCIÓN GENERAL DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN.. 890
E.- DIRECCIÓN GENERAL DE PRESIDENCIA E IGUALDAD.. 892
F.- DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES VECINALES. 897
3.- CONSEJERIA DE ECONOMIA, COMERCIO, INNOVACIÓN TECNOLOGICA, TURISMO Y FOMENTO.897
A.- DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA.. 897
B.- DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA PATRIMONIO Y URBANISMO.900
C.- DIRECCIÓN GENERAL DE TURISMO Y DIRECCIÓN GENERAL DE ACTIVACIÓN ECONÓMICA.903
4- CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA.. 917
A.- DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS URBANOS.917
B.- DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS Y RECURSOS HÍDRICOS.919
5- CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR.. 932
A.- DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y PATRIMONIO CULTURAL. 932
B.- DIRECCIÓN GENERAL DE FESTEJOS Y DEL MAYOR.. 946
6- CONSEJERIA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE. 950
A.- DIRECCIÓN GENERAL DE INSTALACIONES DEPORTIVAS. 950
B.- DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA DEPORTIVA.951
C.- DIRECCIÓN GENERAL DE JUVENTUD.. 955
D.- DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN.. 956
E.- DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA EDUCATIVA.. 963
7.-CONSEJERIA DE HACIENDA.. 965
A.- DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS PÚBLICOS. 965
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA PARA EL PERIODO 2024-2026
PREÁMBULO
El artículo 8.1 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, tiene carácter básico, por lo que todos los Órganos de las Administraciones Públicas que pretendan otorgar subvenciones deben aprobar, con carácter previo, su correspondiente Plan Estratégico de Subvenciones.
La disposición adicional decimotercera de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, establece que Los planes y programas relativos a políticas públicas sectoriales que estén previstos en normas legales o reglamentarias, tendrán la consideración de planes estratégicos de subvenciones de los regulados en el apartado 1 del artículo 8 de esta ley, siempre que recojan el contenido previsto en el citado apartado. Con esta medida, penetran en el área de la actividad administrativa de fomento las técnicas de planificación estratégica propias del sector privado y que han ido incorporándose progresivamente como herramientas de programación y gestión en las dos últimas décadas en el sector público español.
Con ello se pretende dar respuesta a las exigencias constitucionales de una gestión eficiente y eficaz de los recursos públicos, coherente, por lo tanto, con el resto de herramientas de programación y planificación presupuestaria o sectorial que se puedan aprobar. Así, de acuerdo con el artículo 103 de la Constitución, “la Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación con sometimiento pleno a la ley y al Derecho”, principios ligados a los expresados en el artículo 31.2 de la propia norma constitucional, en relación con el gasto público, al que se le exige realizar “una asignación equitativa de los recursos públicos y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía”.
La Ley General de Subvenciones supone un paso más en el proceso de perfeccionamiento y racionalización del sistema económico. Uno de los principios que rige la Ley es el de la trasparencia que, junto con la variedad de instrumentos que se articulan en la ley, redunda de forma directa en un incremento de los niveles de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público subvencional. En este sentido, una mayor información acerca de las subvenciones hará posible eliminar las Distorsiones e interferencias que pudieran afectar al mercado, además de facilitar la complementariedad y coherencia de las actuaciones de las distintas Administraciones Públicas evitando cualquier tipo de solapamiento. Para mejorar la eficacia, se prevé en la legislación que se proceda a elaborar un Plan estratégico de Subvenciones, de carácter anual y con carácter previo al nacimiento de las subvenciones.
Recogiendo este imperativo legal, se elabora este documento único que permite establecer la correlación entre los objetivos misionales de la organización en su conjunto, las prioridades políticas determinadas a través de los objetivos generales a conseguir y las actuaciones concretas a desarrollar ordenadas según la estructura funcional de la Ciudad Autónoma de Melilla.
De acuerdo con el artículo 11.4 del Reglamento de la LGS, los planes estratégicos contendrán previsiones para un periodo de vigencia de tres años, salvo que por la especial naturaleza del sector afectado, sea conveniente establecer un plan estratégico de duración diferente.
Con fecha 3 de abril de 2020, se publica en el BOME extraordinario núm. 11, Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se aprueba el Plan estratégico de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla, para el periodo 2020- 2022. Con fecha 19 de diciembre de 2019, se adopta Acuerdo por parte del Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario núm. 54, de 31/07/2023) de atribución de competencias a las Consejerías de la Ciudad Autónoma de Melilla, estableciendo la estructura orgánica que se emplea en el presente plan. Finalizada, pues, la vigencia del anterior, se requiere la aprobación de un nuevo Plan Estratégico para los años 2024- 2026, con vocación de plurianual y con las revisiones que, en su caso, sean necesario realizar anualmente.
Si bien, la Disposición Adicional Primera del Reglamento General de Subvenciones de la CAM prevé la posibilidad de que sea cada Consejería y demás órganos o entidades dependientes de la Ciudad la que elabore su propio Plan, se ha optado en un esfuerzo aunador por la elaboración de un único documento o plan de ámbito general que permita una mayor coordinación y eficacia de las distintas actuaciones en materia subvencional o de actividad de fomento en la Ciudad de Melilla, opción reflejada en el Anteproyecto de Reglamento General de Subvenciones de la CAM.
Por su parte y con vigencia por un período de tres años 2024-2026, el presente plan abarca el establecimiento de todas las subvenciones de previsible ejecución para el ejercicio presupuestario 2024 en la Ciudad de Melilla con consignación adecuada y suficiente que habrán de ajustarse al presente plan, salvo supuestos plurianuales cuyas previsiones estarán condicionadas a la aprobación del correspondiente presupuesto.
Relacionadas todas las áreas o Consejerías con sus organismos adscritos y las líneas subvencionales con su correspondiente importe y partida presupuestaria en el Anexo, las subvenciones del presente Plan tienen por objeto la promoción y el fomento de aquellas actividades que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la Ciudad.
Por ello, el Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla, de acuerdo con la opción primera que recoge la Disposición Adicional Primera del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 4224, de 09/09/2005) aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla para el periodo 2024-2026, cuyo articulado figura a continuación.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 5.4 y 6.2 de la Ley19/2013 de 9 de noviembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, el Plan Estratégico 2024-2026 será objeto de publicación, entrando en vigor al día siguiente, en el Boletín Oficial de la Ciudad (BOME), además de en sede electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla para su plena validez.
ARTÍCULO 1.
El establecimiento de subvenciones por parte de la Ciudad Autónoma de Melilla, así como de sus entes dependientes, durante el período 2024- 2026, se ajustará a los objetivos estratégicos generales previstos en el presente Plan, sin perjuicio de las concretas acciones que se contemplan para el año 2024. Cuando se tramite una subvención no comprendida en el plan estratégico inicial, se deberá incluir en el expediente una memoria en la que se detallen la relación de los objetivos de la subvención con la planificación estratégica y los posibles efectos en ésta, así como las causas que han impedido su inclusión en aquél.
Dicha memoria se integrará en el Plan Estratégico ya aprobado debiendo aprobarse y publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad.
ARTÍCULO 2.
El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este plan requerirá la inclusión de las consignaciones correspondientes en los presupuestos de la Ciudad de cada año y la aprobación de las bases reguladoras de su concesión.
ARTÍCULO 3.
El establecimiento de subvenciones queda supeditado al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, por lo que consignaciones presupuestarias que se aprueben y las bases reguladoras de su concesión se acomodarán en cada momento a dichos objetivos.
ARTÍCULO 4.
La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones no supone la generación de derecho alguno a favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir indemnización o compensación alguna en caso de que el Plan no se lleve a la práctica en sus propios términos. No obstante su carácter programático, carente de rango normativo, o si como resultado de los informes de seguimiento y los informes emitidos por la Intervención General o entes gestores, existieran líneas de subvenciones que no alcanzaren el nivel de consecución de objetivos deseado, o el que resultare adecuado al nivel de recursos invertidos, podrán ser modificadas, sustituidas por otras más eficaces y eficientes o, en su caso, eliminadas.
ARTÍCULO 5.
Son principios generales de este Plan los siguientes:
A saber:
ARTÍCULO 6.
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 5 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 4224, de 09/09/2005), el órgano que tiene atribuida la función de desarrollo del mismo y, por tanto, la ejecución del Plan Estratégico de Subvenciones, será el Consejo de Gobierno.
Por tanto:
El contenido del plan estratégico podrá reducirse a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación en los siguientes casos:
Las subvenciones que se concedan de forma directa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.2 de la LGS.
Las subvenciones que, de manera motivada, se determinen por parte del titular de la Consejería en atención a su escasa relevancia económica o social como instrumento de intervención pública.
CAPÍTULO 2.- CONTENIDO DEL PLAN
ARTÍCULO 7.
De acuerdo con lo previsto en el art. 12 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la concesión de las subvenciones y ayudas previstas en este Plan para el ejercicio 2020 contiene, para cada caso, la siguiente información:
Este Plan, además del presente articulado, se organiza agrupando los planes individuales de subvenciones aportados por parte de cada Consejería, con contenidos comunes y de conformidad con lo establecido en el Art. 12 de RD 887/2006 RLGS, siguiendo la estructura orgánica de la CAM, es decir:
Al final del Plan se enumera como Anexo un listado de subvenciones por órgano gestor, incluyendo el desglose de las partidas, aplicaciones presupuestarias, importes estimados y procedimiento de concesión.
ARTÍCULO 9.
Cada uno de los Anexos ordena las subvenciones previstas presupuestariamente bajo los siguientes criterios:
CAPÍTULO 3.- BENEFICIARIOS Y MATERIAS DE LAS SUBVENCIONES
ARTÍCULO 10.
La Ciudad Autónoma de Melilla y sus organismos dependientes concederán subvenciones a favor de personas o Entidades privadas con la finalidad de fomentar la realización de actividades de utilidad pública o interés social o para promover la consecución de fines públicos atribuidos a la competencia local.
CAPÍTULO 4.- EVALUACIÓN DE LA EFICACIA DE LOS PROGRAMAS SUBVENCIONADOS. ANÁLISISDE RESULTADOS
ARTÍCULO 11.
Para un mejor análisis de la eficacia de cada subvención, las Dirección Generales de cada una de estas áreas solicitarán de los beneficiarios informe motivado sobre el número de acciones desarrolladas, número de ciudadanos a los que alcanza la subvención y justificación de los objetivos alcanzados.
ARTÍCULO 12.
En concreto se deberá detallar para la evaluación lo siguiente: - Objeto - Entidad beneficiaria y, en su caso, colaboradora - Importe subvencionado - Acciones concretas desarrolladas en el importe de la subvención - Número de ciudadanos a los que ha alcanzado la acción subvencionada - Valoración de la Entidad concedente en cuanto a adecuación a los objetivos perseguidos al tiempo de su otorgamiento y la procedencia del mantenimiento o supresión del programa del que trae causa.
CAPÍTULO 5: CONTROL FINANCIERO DE LOS PROGRAMASSUBVENCIONADOS
ARTÍCULO 13.
El control financiero de los programas subvencionados está encomendado a la Intervención General Municipal, que al respecto analizará las fechas reales de pago de los importes subvencionados con relación a las fechas previstas en cada expediente, así como los medios de pago utilizados y la correcta justificación de los extremos requeridos a cada beneficiario para la obtención de la subvención. La Intervención General podrá elaborar los modelos de justificación de subvenciones que faciliten la fiscalización de las mismas.
CAPÍTULO 6: PROCEDIMIENTO DE MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES
ARTÍCULO 14.
Tanto las modificaciones puntuales como anuales a las que sea necesario someter el presente plan se tramitarán por la Consejería correspondiente a la que afecte dicha modificación, elevando propuesta al Consejo de Gobierno, para su aprobación en virtud del Art. 16.1.27 del Reglamento de Gobierno y Administración de la CAM (BOME Ext. n.º 2 de 30 de enero de 2017).
DISPOSICIÓN TRANSITORIA 1ª
Toda subvención que no esté reflejada en el presente plan con el contenido mínimo establecido en el artículo 12 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, requerirá, para su tramitación, la previa actualización del plan incluyendo dicha información, siguiendo el procedimiento del artículo 14 del presente plan.
Aportados los planes individuales por cada Consejería que integran el Plan General, con contenidos comunes y de conformidad con lo establecido en el Art. 12 de RD 887/2006 RLGS, se relacionan los que siguen:
1.- CONSEJERIA DE POLITICAS SOCIALES Y SALUD
A.- EN EL ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES
OBJETIVO GENERAL 1.-Fomentar y favorecer el acceso al empleo de las personas en situación o en riesgo de exclusión social, la inserción laboral de las personas desempleadas con mayores dificultades de acceso al mercado laboral y favorecer la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
Con este objetivo se pretende mejorar la situación económica de las familias y facilitar el acceso al trabajo de las personas en situación de riesgo y exclusión social, con medidas de discriminación positiva, orientación laboral y formación ocupacional.
Pero además será imprescindible favorecer la generación de actividad empresarial, y el apoyo al empleo por cuenta propia.
Medidas prioritarias:
1.1.- Facilitar el acceso al mercado de trabajo y a la actividad empresarial de la población en riesgo de exclusión social y de los colectivos vulnerables
1.2.- Mejorar la cualificación profesional de la población activa y adecuarlas al tejido productivo melillense
1.3.- Ampliar y diversificar los canales de información dirigida a los potenciales demandantes de los programas de empleo formación.
OBJETIVO GENERAL 2.- Garantizar los recursos económicos mínimos. Garantizar el acceso a todos los recursos sociales. Mejorar las condiciones de vida de la población en riesgo de exclusión. Facilitar a los medios y recursos económicos y/o servicios suficientes para garantizar las condiciones de una vida digna y evitar la cronificación de las situaciones de precariedad social de las familias especialmente las que tienen hijos a cargo.
La intervención correspondiente a este objetivo general reside principalmente en el área de Servicios Sociales. Esta se encuentra orientada a optimizar el Sistema público de Servicios Sociales manteniendo y mejorando su equipamiento e infraestructuras y reforzando sus servicios y prestaciones, creando una red integral de recursos capaz de hacer frente a las nuevas necesidades emergentes, y las diferentes situaciones de exclusión social en la ciudad.
Medidas prioritarias:
2.1.- Optimizar la gestión de la red de Servicios Sociales
2.2.- Garantizar unos recursos económicos mínimos mediante medidas asistenciales que reduzcan el riesgo de pobreza y de exclusión social en hogares y personas
2.3.- Optimización de la gestión de las prestaciones y mejora de los protocolos de actuación
2.4.- Mejorar el acceso a la salud de la población en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, así como de los demás colectivos vulnerables
2.5.- Rehabilitación y mejora de los espacios urbanos de los barrios y zonas con especiales necesidades de transformación social
2.6.- Procurar viviendas a la población en riesgo de exclusión o perteneciente a colectivos vulnerables
2.7.- Mejorar la calidad de vida de la tercera edad y otros colectivos vulnerables mediante la mejora de las condiciones de la acogida residencial y programas complementarias a ésta
2.8.- Fomentar la resiliencia de las personas pobres y las que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad y reducir su exposición y vulnerabilidad a los fenómenos extremos relacionados con el clima y otras perturbaciones y desastres económicos, sociales y ambientales.
2.9- La mejora de las situaciones de precariedad económica de las familias, la facilitación de los medios y recursos suficientes para facilitar la asistencia material básica a las personas más desfavorecidas, especialmente los que tienen menores a su cargo, y otras que faciliten medidas de acompañamiento a las familias para evitar las situaciones de exclusión social y la cronificación de la pobreza.
2.10.- Apoyo a la población vulnerable y familias numerosas en el abono de los gastos ocasionados por el incremento de los costes de la energía eléctrica
OBJETIVO GENERAL 3.-Alcanzar una educación con equidad. Erradicar el analfabetismo y el absentismo escolar, favoreciendo la escolarización y la integración escolar.
Aunque la educación no es una competencia directa de la Ciudad Autónoma de Melilla, resulta necesario actuar sobre el problema del fracaso escolar y el abandono educativo temprano de forma concertada con el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, para reducir las elevadas tasas presentes en la ciudad.
Los niveles educativos de una población poseen una relación causal directa con los niveles de ocupación laboral que presenta esa sociedad. A mayores niveles educativos mayores posibilidades de alcanzar un empleo, de que este sea más estable y de que exista la posibilidad de una movilidad social y física de los trabajadores.
En relación con esto último, también resulta necesario elevar el nivel educativo de la población adulta, combatiendo el analfabetismo y fomentando el aprendizaje constante a lo largo de la vida.
Medidas prioritarias:
3.1.- Prevenir y actuar contra el abandono educativo temprano y el fracaso escolar
3.2.- Elevar el nivel formativo de la población adulta y el desarrollo del aprendizaje a lo largo de la vida
3.3.- Promover la dotación de nuevas infraestructuras y equipamientos socioeducativos
OBJETIVO GENERAL 4.- Apoyar la integración social de los inmigrantes.
Los problemas de desarraigo, las prácticas discriminatorias, la exclusión del mercado de trabajo o las barreras culturales y lingüísticas, son factores de vulnerabilidad social frecuentes en este colectivo.
Además, una parte de los inmigrantes que acude a Melilla se encuentra en situación de irregularidad, lo que en muchas ocasiones incide negativamente en su inclusión social y en su integración. El rápido, reciente y elevado crecimiento de la población inmigrante en la ciudad de Melilla hace necesario la implementación de actuaciones y medidas que sirvan para prevenir un aumento de la población en exclusión social.
Medidas prioritarias:
4.1.- Promover los elementos socializadores que faciliten la integración social de los inmigrantes
4.2.- Realizar actuaciones de prevención y atención a los inmigrantes en situación de necesidad
4.3.- Apoyo a mujeres en situación de especial vulnerabilidad como consecuencia de su situación socio familiar o su estado físico/psíquico
OBJETIVO GENERAL 5.- Garantizar la atención a las personas en situación de dependencia, personas mayores y con discapacidad. Desarrollar una atención preferente e integral a colectivos desfavorecidos y/o en situación de mayor riesgo, especialmente aquellos que presentan situaciones económicas críticas.
La atención a las personas en situación de dependencia constituye uno de los ejes de los planes nacionales de inclusión social. Los colectivos especialmente vulnerables como los discapacitados y los ancianos se encuentran más expuestos que el resto de la población a deslizarse hacia la exclusión social. Además de estos colectivos, existe otro que ha registrado en los últimos años con una mayor presencia entre la población en riesgo de exclusión, el de las mujeres solas con hijos a cargo, de tal modo que podemos afirmar que existe una feminización de la pobreza al que se une igualmente aquellas personas mayores que viven solas.
Medidas prioritarias:
5.1.- Favorecer el acceso de los discapacitados a la formación y el empleo, facilitando su desarrollo social en el espacio público
5.2.- Garantizar la asistencia integral a las personas mayores y a aquellas que se encuentran en situación de dependencia, procurándoles un desarrollo normal en su entorno.
5.3.- Procurar una asistencia especifica a las mujeres que padecen grave riesgo de exclusión social y promover la igualdad entre hombres y mujeres
5.4.- Proporcionar atención integral a las personas drogodependientes promoviendo su inserción social y laboral
5.5.- Favorecer la atención residencial a aquellas personas en situación de dependencias y o trastorno mental, demencia, alzheimer etc...
5.6.- Garantizar una asistencia integral de los menores que se encuentren en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla
5.7.- Favorecer la integración social y laboral de las personas con discapacidad física o psíquica.
5.8.- Favorecer programas centradas en la atención y los cuidados para personas mayores, discapacitadas o dependientes
5.9.- Garantizar mediante la financiación de los medicamentos a personas mayores jubiladas con escasos recursos que faciliten la adhesión a los tratamientos médicos diagnosticas por profesionales sanitarios evitando el abandono de los tratamientos crónicos y o puntuales que inciden en la salud.
5.10.- Actuaciones tendentes a evitar la soledad no deseada del colectivo de mayores. Promoviendo actuaciones de interacción con otros colectivos etarios.
OBJETIVO GENERAL 6.- Apoyo y Fomento del Tercer Sector.
El objetivo general es apoyar iniciativas, actuaciones y programas que complementen o suplan a intervención dos servicios sociales municipales dentro de su marco de competencias e que vayan dirigidos a la comunidad en general e en concreto a los sectores de población y a los colectivos más desfavorecidos que se como finalidad apoyar a entidades e asociaciones sin ánimo de lucro, que su objetivo de intervención se centre nos siguientes sectores de población:
Medidas prioritarias:
6.1- Promover, dirigir, conceder directamente subvenciones de programa de cooperación y o desarrollo. Que pretenden conseguir objetivos relacionados con:
6.2.- Promover proyectos, en colaboración con el Tercer Sector de Acción Social, destinados a programas destinados a incrementar la empleabilidad y la social de personas vulnerables
6.3.- Desarrollar, en colaboración con el Tercer Sector de Acción Social, programas específicos para la formación y el empleo de las personas gitanas en riesgo de exclusión y, en especial, para las mujeres gitanas y los jóvenes.
6.4.- Poner en marcha programas de inserción sociolaboral dirigidos a personas reclusas en tercer grado de tratamiento y en libertad condicional, que contemplen tanto itinerarios personalizados de inserción como acciones destinadas a la orientación laboral, contando para ello con el apoyo del Tercer Sector de Acción Social.
6.5.- Cooperar con el Tercer Sector de Acción Social para implementar y diseñar programas formativos que estén destinados mayoritariamente a mujeres, personas jóvenes, mayores de 45 años, con baja cualificación o con discapacidad, al objeto de formar profesionales y ofrecer nuevas oportunidades de empleo.
OBJETIVO GENERAL 7.- Apoyo y Fomento del Voluntariado.
El Objetivo General de este Área es incrementar la formación de las personas que trabajan con el voluntariado y del propio voluntariado, aumentar la participación ciudadana en el voluntariado e impulsar la modernización, la transparencia y la sostenibilidad de las Entidades No Lucrativas.
Medidas prioritarias:
B.- EN EL ÁREA DE SALUD PÚBLICA
OBJETIVO GENERAL 1.- Coordinación y desarrollo del Plan sobre Drogas y Adicciones de la Ciudad Autónoma de Melilla: Con este objetivo se pretende desarrollar los programas y actuaciones dirigidos al estudio de la situación, a la prevención y asistencia a las drogodependencias y otras adicciones, recogidos en el Plan Nacional sobre Drogas y Adicciones de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Medidas prioritarias
OBJETIVO GENERAL 2.- Desarrollo de las actuaciones de promoción y protección de la salud de la población: Con este objetivo se pretende dar cobertura a los problemas de salud de la colectividad, desarrollar acciones de prevención y promoción de la salud, y otras, que sin ser estrictamente sanitarias, tienen efectos sobre la salud de la población.
Entre las medidas prioritarias de este ámbito se incluyen:
OBJETIVO GENERAL 4- Actuaciones tendentes a fidelizar y promover la captación de profesionales sanitarios para el fortalecimiento de la salud pública y la atención sanitaria a la población melillense.
Se viene produciendo un falta de ocupación de plazas de profesionales que se ocupan de la atención sanitaria en la Ciudad de Melilla, por ello y al amparo de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, que permite a los poderes públicos orientar sus políticas de gasto sanitario a corregir desigualdades sanitarias y garantizar la igualdad de acceso a los Servicios Sanitarios Públicos en todo el territorio español, según lo dispuesto en los artículos 9.2 y 158.1 de la Constitución, y lo establecido en el srt. 81 de la misma Ley que, señala que la generalización del derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria debe implicar la homologación de las atenciones y prestaciones del sistema sanitario público y que esto se efectuará mediante la asignación de recursos financieros que tengan en cuenta tanto la población a atender en cada Comunidad Autónoma y las inversiones sanitarias a realizar para corregir las desigualdades territoriales sanitarias, exige esta actuación promocional que mejore las condiciones y de la calidad de vida de los melillenses, de acuerdo con lo recogido en el art. 5.2 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de la Ciudad de Melilla.
ASPECTOS COMUNES A LAS LINEAS EXPUESTAS
C.- EN EL ÁREA DEL MENOR Y LA FAMILIA
OBJETIVO 1.-Ofrecer una atención adecuada a niñas tuteladas por la Ciudad Autónoma de Melilla, que por diversos motivos resulta beneficioso para su adecuado desarrollo salir del entorno de la Ciudad de Melilla.
El programa pretende:
OBJETIVO 2.- Ofrecer atención individualizada a menores en situación de riesgo y/o desamparo que permitan la progresiva normalización y reinserción de las menores con problemas sociofamiliares.
El programa de primer acogimiento y atención residencial para menores socialmente desfavorecidas pretende:
OBJETIVO 3.- Ofrecer atención individualizada a menores en situación de riesgo y/o desamparo, en centros residenciales de atención especializada, que permitan la progresiva normalización y reinserción de menores con problemas sociofamiliares.
El programa pretende:
OBJETIVO 4.- Ofrecer a los menores a través de una línea telefónica de ayuda a la infancia, ayuda psicológica, informar sobre recursos sociales, resolver dudas de carácter jurídico, derivar a los recursos más adecuados y realizar intervenciones en aquellos casos que lo requieran.
El Programa pretende:
OBJETIVO 5.- Ofrecer a los jóvenes ex-tutelados (de 18 a 23 años) un recurso residencial, educativo y formativo en la Ciudad de Melilla, que comprenderá actividades agrupadas en las dos siguientes líneas de trabajo:
1.- Línea para Búsqueda de empleo
2.- Línea para Emancipación
Por ello con este programa se pretende:
Todo ello persiguiendo los siguientes objetivos:
OBJETIVO 6.- Ofrecer un Hogar de emancipación para jóvenes ex tuteladas (entre 18 y 23 años) para su formación personal y profesional, con un número variable de plazas, según el presupuesto disponible, en la península. Mediante este programa se pretende:
OBJETIVO 7.- Desarrollar actuaciones de integración de menores acogidos o en situación de riesgo de exclusión social para contribuir a mejorar su integración social y a mejorar su adaptación al entorno educativo.
El Programa tiene como objetivos:
OBJETIVO 8.- Fomento de la inserción laboral de menores acogidos o tutelados por la Ciudad Autónoma o a través de cursos formativos que promuevan la inserción de menores en riesgo de exclusión.
Mediante este programa se pretende:
OBJETIVO 9.- Fomento de la formación y reciclaje profesional del personal de los centros de protección, la introducción de nuevos modelos organizativos y de atención al colectivo de menores de protección y /o de reforma requiere la permanente actualización de conocimientos y de técnicas de intervención con estos colectivos.
Mediante este programa se pretende:
ANEXO I
Nº | Orgán. | Progr. | Económico Cl. Específica | Denominación | TOTAL | DIRECCIÓN GENERAL | PROCEDIMIENTO DECONCESIÓN |
1 | 5 | 31202 | 48000 | ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE FARMACEÚTICOS DE MELILLA | 300.000,00 € | SALUDPÚBLICA | NOMINATIVA/DIRECTA |
2 | 5 | 23124 | 48000 | CONVENIO AMLEGA | 58.882,72 € | SERVICIOSSOCIALES | NOMINATIVA/DIRECTA |
3 | 5 | 23100 | 48000 | SUBV. CENTROSPOLÍTICASSOCIALES | 171.835,84 € | SERVICIOSSOCIALES | CONCURRENCIACOMPETITIVA/ NO COMPETITIVA/ DIRECTA |
4 | 5 | 23104 | 48000 | PREVENCION E INSERCION SOCIAL | 845.425,96 € | SERVICIOS SOCIALES/MENOR Y FAMILIA/SALUD PÚBLICA | CONCURRENCIACOMPETITIVA/ NO COMPETITIVA/ DIRECTA |
5 | 5 | 23106 | 48000 | CONVENIO FUNDACION TUTELAR | 29.985,00 € | SERVICIOSSOCIALES | NOMINATIVA/DIRECTA |
6 | 5 | 23111 | 48000 | CONVENIO ASOCIACION FAMILIARES ENFERMOS ALZHEIMER | 69.244,56 € | SERVICIOSSOCIALES | NOMINATIVA/DIRECTA |
7 | 5 | 23119 | 48001 | CONVENIO ASOCIACION HOGAR LA SALLE JEREZ | 54.596,70 € | MENORYFAMILIA | NOMINATIVA/DIRECTA |
8 | 5 | 23122 | 48001 | CONVENIO ASOCIACION MALAGUEÑA DE PADRES PARALITICOS CEREBRALES | 43.920,00 € | MENORYFAMILIA | NOMINATIVA/DIRECTA |
9 | 5 | 23125 | 48001 | CONVENIO ASOCIACIÓN CARIDAD VIRGEN DE LA LUZ | 255.000,00 € | MENORYFAMILIA | NOMINATIVA/DIRECTA |
10 | 5 | 23112 | 48000 | CONVENIOASPANIESPLENA INCLUSIÓN MELILLA | 314.791,31 € | SERVICIOSSOCIALES/ SALUDPÚBLICA | NOMINATIVA/DIRECTA |
11 | 5 | 23114 | 48000 | CONVENIO ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE PSICÓLOGOS DE MELILLA | 29.800,00 € | SERVICIOSSOCIALES | NOMINATIVA/DIRECTA |
12 | 5 | 23120 | 48000 | CONVENIO TEAMA | 200.000,00 € | SERVICIOSSOCIALES | NOMINATIVA/DIRECTA |
13 | 5 | 23121 | 48000 | CENTRO ASISTENCIAL SAN JUAN DE DIOS DEMÁLAGA | 219.000,00 € | SERVICIOSSOCIALES | NOMINATIVA/DIRECTA |
14 | 5 | 31107 | 48000 | SUBVENCIÓN INSTALACIONES DE SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR ANIMAL | 40.000,00 € | SALUDPÚBLICA | CONCURRENCIACOMPETITIVA/ NO COMPETITIVA/ DIRECTA |
15 | 5 | 23129 | 48001 | CONVENIO DIVINA INFANTITA | 485.000,00 € | MENORYFAMILIA | NOMINATIVA/DIRECTA |
16 | 5 | 31106 | 48000 | CONVOCATORIA SUBVENCIONES SALUD PÚBLICA, CONSUMO Y BIENESTARANIMAL | 60.000,00 € | SALUDPÚBLICA | CONCURRENCIACOMPETITIVA/ NO COMPETITIVA/ DIRECTA |
19 | 5 | 23101 | 48900 | CONVENIOCENTRO ASISTENCIAL DE MELILLA | 6.191.372,45 € | SERVICIOSSOCIALES/ MENORYFAMILIA | NOMINATIVA/DIRECTA |
Nº | Orgán. | Progr. | Económico Cl. Específica | Denominación | TOTAL | DIRECCIÓN GENERAL | PROCEDIMIENTO DECONCESIÓN |
17 | 5 | 31104 | 48000 | CONVENIO COLEGIO OFICIAL VETERINARIOS DE MELILLA | 295.000,00 € | SALUDPÚBLICA | NOMINATIVA/DIRECTA |
18 | 5 | 23100 | 47900 | CONVOCATORIA MANTENIMIENTO PROGRAMATAXISADAPTADOS | 10.000,00 € | SERVICIOSSOCIALES | CONCURRENCIACOMPETITIVA/ NO COMPETITIVA/ DIRECTA |
20 | 5 | 31103 | 48000 | CONVENIO ASOCIACION PROTECTORA DE ANIMALES Y PLANTAS | 100.000,00 € | SALUDPÚBLICA | NOMINATIVA/DIRECTA |
21 | 5 | 23103 | 48000 | SUBV. APROGRAMAS DE INTERÉS GRAL. ASIGN. TRIBUT. DEL0,7%DELIRPF- AFECTADA | 2.711.626,23 € | SERVICIOSSOCIALES | CONCURRENCIACOMPETITIVA |
22 | 5 | 23105 | 48000 | CONVENIOSANVICENTEDEPAUL/ VIRGEN DELALUZ | 1.503.277,56 € | SERVICIOSSOCIALES/ SALUDPÚBLICA | CONCURRENCIACOMPETITIVA |
23 | 5 | 23113 | 48001 | SUBVENCION NOMINATIVA ASOCIACION ANAR | 9.500,00 € | MENORYFAMILIA | NOMINATIVA/DIRECTA |
24 | 5 | 23119 | 48000 | CONVENIOFEAFESMELILLA | 103.511,61 € | SERVICIOSSOCIALES | NOMINATIVA/DIRECTA |
25 | 5 | 23126 | 48000 | AYUDAS TRASLADOS PENÍNSULA ENFERMOS | 200.000,00 € | SERVICIOSSOCIALES/SALUDPÚBLICA/ MENOR YFAMILIA | CONCURRENCIACOMPETITIVA/ NO COMPETITIVA/ DIRECTA |
26 | 5 | 23127 | 48000 | AYUDAS ENFERMOS NEUROLÓGICOS | 300.000,00 € | SERVICIOSSOCIALES/SALUDPÚBLICA/ MENOR YFAMILIA | CONCURRENCIACOMPETITIVA/ NO COMPETITIVA/ DIRECTA |
27 | 5 | 23127 | 48001 | CONVENIO ASOCIACIÓN CULTURALY ACCIÓNSOCIALYASINEN | 100.000,00 € | SERVICIOSSOCIALES/ MENORYFAMILIA | NOMINATIVA/DIRECTA |
28 | 5 | 23126 | 48001 | CONVENIO ASOCIACIÓN CULTURAL GITANOS DEL SIGLO XXI | 100.000,00 € | SERVICIOSSOCIALES | NOMINATIVA/DIRECTA |
29 | 5 | 23108 | 48000 | CONVENIO CARITAS DIOCESANA/INTERPARROQUIAL MELILLA | 305.000,00 € | SERVICIOSSOCIALES | NOMINATIVA/DIRECTA |
30 | 5 | 23116 | 48000 | CONVENIO HERMANAS HOSPITALARIAS SAGRADO CORAZON DEJESÚS | 270.418,54 € | SERVICIOSSOCIALES | NOMINATIVA/DIRECTA |
31 | 5 | 23120 | 48001 | CONVENIO INSTITUTO PSICOPEDAGOGICO DULCE NOMBRE DE MARIA | 580.350,00 € | MENORYFAMILIA | NOMINATIVA/DIRECTA |
32 | 5 | 23121 | 48001 | CONVENIO FUNDACION EMETARCOIRIS | 565.020,00 € | MENORYFAMILIA | NOMINATIVA/DIRECTA |
33 | 5 | 23123 | 48001 | CONVENIO INST. HERMANASTERCIARIAS FRANCISCANAS | 54.750,00 € | MENORYFAMILIA | NOMINATIVA/DIRECTA |
34 | 5 | 31100 | 48000 | BECAS TALLERES ASISTENCIA Y PREVENCIÓN DE ADICCIONES | 50.000,00 € | SALUDPÚBLICA | CONCURRENCIACOMPETITIVA/ NO COMPETITIVA/ DIRECTA |
35 | 5 | 31108 | 48000 | CONVENIO ASOCIACIÓN HUELLASDELA SOLIDARIDAD | 80.000,00 € | SALUDPÚBLICA | NOMINATIVA/DIRECTA |
36 | 5 | 31109 | 48000 | CONVENIO ASOCIACIÓN DIABÉTICOS MELILLA | 90.164,16 € | SALUDPÚBLICA | NOMINATIVA/DIRECTA |
37 | 5 | 23128 | 48001 | CONVENIO COLABORACION ASOCIACIÓN MELILLAACTIVA | 275.000,00 € | MENORYFAMILIA | NOMINATIVA/DIRECTA |
38 | 5 | 23130 | 48001 | SUBVENCIÓN ASYRE | 180.000,00 € | MENORYFAMILIA | NOMINATIVA/DIRECTA |
Nº | Orgán. | Progr. | Económico Cl. Específica | Denominación | TOTAL | DIRECCIÓN GENERAL | PROCEDIMIENTO DECONCESIÓN |
39 | 5 | 23107 | 48000 | CONVENIO RELIGIOSAS MARIA INMACULADA | 363.020,00 € | MENORYFAMILIA | NOMINATIVA/DIRECTA |
40 | 5 | 23110 | 48000 | CONVENIO VOLUNTARIADO CRISTIANO DE PRISIONES | 25.000,00 € | SERVICIOSSOCIALES | NOMINATIVA/DIRECTA |
41 | 5 | 23118 | 48000 | CONVENIO COA | 297.755,52 € | SERVICIOSSOCIALES | NOMINATIVA/DIRECTA |
42 | 5 | 23102 | 48000 | SUBV. ORGANISMOS SIN ANIMO LUCRO | 224.302,35 € | SERVICIOSSOCIALES/SALUDPÚBLCIA/ MENOR YFAMILIA | CONCURRENCIACOMPETITIVA/ NO COMPETITIVA/ DIRECTA |
43 | 5 | 23109 | 48000 | CONVENIOASOME | 149.748,53 € | SERVICIOSSOCIALES | NOMINATIVA/DIRECTA |
44 | 5 | 23123 | 48000 | CONVENIO BANCO DEALIMENTOS DE MELILLA | 227.750,00 € | SERVICIOSSOCIALES | NOMINATIVA/DIRECTA |
2.-CONSEJERIA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PUBLICAS E IGUALDAD
A.- DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.1-FORMACIÓN A EMPLEADOS PÚBLICOS DE LA CUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.
B.- DIRECCIÓN GENERAL DEL PRESIDENTE
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.1-VOLUNTARIADO ASOCIACIONES ONG´S
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.1-CENTRO HIJOS DE MELILLA
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.2-ASOCIACIÓN POLICÍA LOCAL
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.3-CLUB ESCORPIO DE AVENTURAS
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.4-ASOCIACIONES AMAS DE CASA
SUBVENCIÓN AL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE MELILLA
SUBVENCIÓN A ASOCIACIÓN PUENTE DE OPORTUNIDADES
C.- DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA UNIVERSITARIA
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
Se pretende ampliar y consolidar la oferta universitaria de titulaciones, grados, másteres, seminarios, conferencias, Cátedras y otros programas formativos de calidad como elementos de generación de riqueza y desarrollo futuro de Melilla. Se consolida el Foro Internacional de Turismo, como programa de fomento del turismo y de la imagen y promoción internacional de Melilla.
Entre las titulaciones que se pretenden impulsar en el ámbito de Melilla en los próximos ejercicios estarán las relacionadas con los nuevos Grados de Ciencia de Datos e Inteligencia Artificial, Podología y Másteres en los ámbitos de Comercio Exterior, Relaciones Económicas Internacionales, Finanzas y Aplicaciones al Análisis de Negocios, Gestión de la Salud, y cuantas otras se estimen oportunas a fin de incrementar la oferta universitaria de la Universidad de Granada en Melilla.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
D.- DIRECCIÓN GENERAL DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 4º
E.- DIRECCIÓN GENERAL DE PRESIDENCIA E IGUALDAD
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
SUBVENCIONES PARA ACOGIDA / TUTELA DE MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO Y AGRESIONES SEXUALES
PARTIDA PRESUPUESTARIA | BENEFICIARIO | CONCEPTO | IMPORTE |
14/23102/47900 | Cruz Roja de Melilla | Subvención Cruz Roja de Melilla | 164.500,00 € |
14/23103/47900 | Confederación Nacional Mujeres en Igualdad | Subvención Confederación Nacional Mujeres en Igualdad | 184.500,00 € |
14/23101/48902 | Convenio Cruz Roja Pacto Estado Violencia de Género | Subvención Convenio Cruz Roja Pacto Estado Violencia de Género | 292.500,00 € |
TOTAL | 641.500,00 € |
El centro Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
SUBVENCIONES ACTIVIDADES FORMATIVAS, LUDICAS Y TERAPÉUTICAS PARA MUJERES CON NECESIDADES
PARTIDA PRESUPUESTARIA | BENEFICIARIO | CONCEPTO | IMPORTE |
14/23101/48900 | Asociaciones/ Entidades | Subvenciones Área de la Mujer | 75.000,00 € |
14/33419/48900 | Aspanies Plena Inclusión Melilla | Subvención Aspanies Proyecto Mujeres y Discapacidad, Aportación de otros Entes | 14.000,00 € |
14/33418/48900 | Asociación de Bailes Latinos Bachakumbe | Subvención Bachakumbe Proyecto Mujeres y Danza | 10.000,00€ |
14/33421/48900 | Asociación Melilla Acoge | Subvención Melilla Acoge Mujeres en Contexto de Prostitución | 7.000,00 € |
PARTIDA PRESUPUESTARIA | BENEFICIARIO | CONCEPTO | IMPORTE |
14/23101/48901 | Asociación Creativa de Melilla (ACME) | Subvención Arteterapia ACME Víctimas Violencia de Género. Pacto Estado contra la violencia | 20.000,00 € |
14/23120/48000 | Asociación TEAMA | Programa de educación sexual | 14.000,00 € |
Subvención directa a cada entidad que realiza la actividad descrita anteriormente.
Fechas de Concesión: A lo largo de cada ejercicio, según conveniencia.
Mecanismos de actuación: Subvención directa a cada entidad por cuantía precisa para la realización de la actividad formativa con posible inclusión de subvención nominativa en los presupuestos de esta Administración.
El centro Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
SUBVENCIONES ACTIVIDADES CERTÁMENES ÁREA DE IGUALDAD
El centro Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 4º
PROGRAMA DE VIAJES DE OCIO Y TIEMPO LIBRE PARA MUJERES CON HIJO A CARGO FAMILIAS MONOPARENTALES
La empresa adjudicataria del programa vacacional realizará un estudio evaluativo del evento, emitiendo informe de incidencias ocurridas durante el mismo
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 5º
ASOCIACIONES DE PERSONAS LESBIANAS, GAYS, TRANSEXUALES Y BISEXUALES
La empresa adjudicataria del programa realizará un estudio evaluativo del evento, emitiendo informe de incidencias ocurridas durante el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º
PROGRAMA DE FACILITAR LA PARTICIPACIÓN DE LA MUJER EN ACTIVIDADES DEPORTIVAS
PARTIDA PRESUPUESTARIA | BENEFICIARIO | CONCEPTO | IMPORTE |
03/23100/48000 | Fundación sociocultural de la Federación Melillense de Fútbol | Subvención liga femenina fútbol | 15.000,00 € |
03/23103/48000 | Club Deportivo La Salle baloncesto | Subvención equipos femeninos liga | 15.000,00 € |
TOTAL | 30.000,00 € |
La empresa adjudicataria del programa realizará un estudio evaluativo del evento, emitiendo informe de incidencias ocurridas durante el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 7º
ATENCIÓN A PETICIONES SUSCEPTIBLES DE SUBVENCIÓN DIRECTA
F.- DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES VECINALES
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
ASOCIACIONES DE VECINOS
Convocatoria pública de concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones públicas destinadas a la promoción, funcionamiento y actuaciones de las Asociaciones de Vecinos inscritas en el registro de entidades vecinales de la Ciudad Autónoma de Melilla, inscritas en el registro de entidades vecinales de la Ciudad Autónoma de Melilla.
3.- CONSEJERIA DE ECONOMIA, COMERCIO, INNOVACIÓN TECNOLOGICA, TURISMO Y FOMENTO.
A.- DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
Todo ello a fin de ampliar las oportunidades profesionales de la población a la que va dirigida, a través de la mejora de empleabilidad y el emprendimiento y con la aportación, tan solo del 15%, por parte de la Ciudad, del total de las acciones formativas.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
Representación de la Ciudad de Melilla y dar a conocer la misma, a fin de atraer a jóvenes talentos y empresas de videojuegos, ya que nuestra Ciudad reúne todas las condiciones para el establecimiento de empresas de videojuegos, por sus importantes ventajas fiscales.
Todo ello, para conseguir ampliar y mejorar el tejido empresarial de la Ciudad y ampliar las oportunidades profesionales de la población, orientado a la Innovación Tecnológica.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 4:
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA MELILLA Y EL CLUSTER DE EMPRENDIMIENTO DE MELILLA, PARA LA EXPLOTACIÓN, DESARROLLO Y DINAMIZACIÓN DEL EMPRENDIMIENTO, INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA EN LA CIUDAD DE MELILLA
6/43104/48000 CLUSTER DE EMPRENDIMIENTO DE MELILLA CONVENIO CLUSTER MELILLA 80.000,00 €
B.- DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA PATRIMONIO Y URBANISMO.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.1-SUBVENCIÓN A LA REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS Y VIVIENDAS.
Las ayudas están reguladas tanto por normativa general de carácter estatal como local, asimismo, se publican anualmente convocatorias para su concesión mediante concurrencia competitiva. Las bases reguladoras están representadas por las normativas de carácter estatal y local. Su concesión se efectúa, en algunas actuaciones, por orden de entrada, y en otras mediante el procedimiento de concurrencia competitiva. En casos específicos contemplados en la propia Ordenanza de Actuaciones Protegibles, la subvención puede instrumentarse a través de un Convenio.
Asimismo, se podrán abrir convocatorias extraordinarias, con las bases correspondientes, para el otorgamiento de subvenciones que se dirijan actuaciones concretas en función del interés social, artístico, etc.
Se evaluará la eficacia de esta línea de subvención teniendo en cuenta el número de solicitantes en relación a los beneficiarios, el número de viviendas beneficiadas, la inversión privada generada por la subvención y el número de trabajadores que han intervenido en la rehabilitación, entre otros datos. La justificación se efectuará mediante la presentación de las facturas correspondientes.
A través del control de precios de las actuaciones (comparándolos con los costes medios en Melilla), se controlan los efectos inflacionistas que podría tener esta actuación.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.1-SUBVENCIÓN AL ALQUILER DE VIVIENDAS PRIVADAS
Las ayudas están reguladas tanto por normativa general de carácter estatal como local. Su concesión se efectúa en régimen de concurrencia competitiva mediante convocatorias anuales y, alguno de los programas para víctimas de violencia de género y sectores vulnerables mediante su adjudicación directa, mediante la publicación de las pertinentes bases reguladoras. Su concesión se efectúa, en los casos de concurrencia competitiva, por puntuación, otorgándose prioridad a los sectores de la población más vulnerables
Se evaluará la eficacia de esta línea de subvención teniendo en cuenta el número de solicitantes en relación a los beneficiarios. La justificación se efectuará mediante la presentación de los recibos de alquiler correspondientes. Se analizarán los datos de la actuación como el alquiler medio, la subvención media, la media de ingresos de los solicitantes, etc. El pago deberá hacerse antes de la finalización de cada ejercicio presupuestario.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3
3.1-SUBVENCIÓN AL ALQUILER DE VIVIENDAS PRVADAS PARA JÓVENES.
Las ayudas están reguladas tanto por normativa autonómica como por el RD 42/2022, de 18 de enero. Su concesión se efectúa en régimen de presentación de solicitudes, mediante convocatorias anuales y la publicación de las pertinentes Bases Reguladoras
Se evaluará la eficacia de esta línea de subvención teniendo en cuenta el número de solicitantes en relación a los beneficiarios. La justificación se efectuará mediante la presentación de los recibos de alquiler correspondientes. Se analizarán los datos de la actuación como el alquiler medio, la media de ingresos de los solicitantes, etc. El pago deberá hacerse antes de la finalización de cada ejercicio presupuestario.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 4
4.1-SUBVENCIONES PARA EL PAGO DE VIVIENDAS PÚBLICAS.
Las ayudas están reguladas por normativa local. Su concesión se efectúa en aplicación de la Ordenanza correspondiente, concediéndose a todos los interesados que cumplan los requisitos.
Se evaluará la eficacia de esta línea de subvención teniendo en cuenta el número de solicitantes que resulten beneficiarios. La justificación se efectuará mediante el pago de los recibos de alquiler o hipotecarios de las correspondientes viviendas.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 5º
5.1-SUBVENCIONES PARA LA REHABILITACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS Y VIVIENDAS EN VIRTUD DEL R.D. 853/2021, DE 5 DE OCTUBRE, FONDOS NEXT GENERATION.
Las ayudas están reguladas por normativa estatal y por las Bases Reguladoras de la correspondiente Convocatoria. Se otorga mediante orden de presentación, hasta agotamiento del presupuesto.
Se evaluará la eficacia de esta línea de subvención teniendo en cuenta el número de edificios rehabilitados y el grado de ahorro de consumo de energía primaria no renovable.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º
6.1- SUBVENCIÓN AL OBISPADO DE MÁLAGA PARA REDACCIÓN DE PROYECTO DE REHABILITACIÓN DE LA IGLESIA DEL SAGRADO CORAZÓN.
o 06/15007/78000 Obispado de Málaga 40.000 €
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º
6.2- SUBVENCIÓN AL OBISPADO DE MÁLAGA PARA REDACCIÓN DE PROYECTO DE NUEVO EDIFICIO EN EL PATIO DEL CURA.
Con esta subvención nominativa se pretende una nueva ordenación de los espacios de esta parcela, subvencionando la redacción de un proyecto de nuevo edificio que permita satisfacer todas las necesidades en un nuevo edificio
o 06/15006/78000 Obispado de Málaga 58.800,00€
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º
6.3- SUBVENCIÓN AL OBISPADO DE MÁLAGA PARA REDACCIÓN DE PROYECTO DE REHABILITACIÓN DE LA IGLESIA MEDALLA MILAGROSA.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º
6.4- SUBVENCIÓN COMUNIDAD ISRAELITA PARA LA REHABILITACIÓN DE LA SINAGOGA.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º
6.5- SUBVENCIÓN A LA FEDERACIÓN MELILLENSE DE FÚTBOL PARA LA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO EN EL CAMPO DE FÚTFOL DE LA ESPIGUERA.
C.- DIRECCIÓN GENERAL DE TURISMO Y DIRECCIÓN GENERAL DE ACTIVACIÓN ECONÓMICA.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.1-CONVENIO CONFEDERACIÓN DE EMPRESARIOS MELILLENSES
Apoyar a las Pymes que siguen sufriendo la crisis económica derivada de la COVID-19 para que puedan acceder a las ayudas que van a poder ser solicitadas por éstas de los Fondos Europeos de Recuperación creando un PROGRAMA DE AYUDA EN LA INFORMACIÓN Y TRAMITACIÓN DE LAS SUBVENCIONES
Para la evaluación y seguimiento del presente Convenio se constituirá una Comisión integrada por dos representantes de la Ciudad Autónoma de Melilla y dos de la Confederación de Empresarios de Melilla. Cualquier incidencia deberá ser puesta en conocimiento de la Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.
-SEGUIMIENTO: Comisión integrada por dos representantes de la Ciudad Autónoma de Melilla y dos de la Confederación de Empresarios de Melilla.
-EVALUACIÓN: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.2-CONVENIO ASOCIACIÓN COMERCIANTES ZONA CENTRO
Para la evaluación y seguimiento del presente Convenio se constituirá una Comisión integrada por dos representantes de la Ciudad Autónoma de Melilla y dos de la Confederación de Empresarios de Melilla. Cualquier incidencia deberá ser puesta en conocimiento de la Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.
-SEGUIMIENTO: Comisión integrada por dos representantes de la Ciudad Autónoma de Melilla y dos de la Confederación de Empresarios de Melilla.
-EVALUACIÓN: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.3-AYUDAS AL SECTOR ARTESANO
Elaboración por la entidad gestora de un Informe o Memoria final de las actividades o proyectos, donde se hará constar, según los casos, una descripción detallada de la ejecución del programa o proyecto, identificación de beneficiarios, observaciones, entre otros datos de interés. Comparativo con los datos económicos de ejercicios anteriores.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.4-AYUDAS FOMENTO DEL ASOCIACIONISMO COMERCIAL
Tendrán especial atención las acciones de promoción y dinamización dirigidas al fomento del Centro Histórico de Melilla, “Melilla La Vieja”, el barrio del Real, el paseo marítimo, entre otras zonas de especial interés comercial; y a la promoción y modernización de los mercados municipales como formas tradicionales de negocio que mantienen la vida y la actividad en las calles.
Elaboración por las entidades beneficiarias de un Informe o Memoria final de las actividades o proyectos, donde se hará constar, según los casos, una descripción detallada de la ejecución del programa o proyecto, actividades realizadas, resultados obtenidos, identificación de beneficiarios, observaciones, entre otros datos de interés. Comparativo con los datos económicos de ejercicios anteriores, si los hubiera.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.5-AYUDAS FOMENTO DEL ASOCIACIONISMO COMERCIAL
Las ayudas se concederán de forma directa a los beneficiarios señalados en el Decreto de aplicación, conforme a los artículos 22.2 c) y 28 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, fundamentando su concesión en virtud de las competencias sobre fomento del turismo, artículos 21.1.16ª y 21.2 ambos de la Ley Orgánica 2/1995 de 13 de marzo de Estatuto de Autonomía de Melilla, así como el Real Decreto 1385/1997 de 29 de agosto y Real Decreto 337/1996 en cuanto a las transferencia de la gestión, por lo previsto en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado por Real decreto 887/2006 de 21 de julio y demás normativa de aplicación.
Elaboración por el Patronato de Turismo de una Memoria, y análisis de los siguientes indicadores:
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.6-AYUDAS A LA FORMACIÓN DEL SECTOR TURÍSTICO PRTR
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria, según se dispone en el Art. 61.1 Real Decreto-Ley 36/2020, “Artículo 61. Bases reguladoras y convocatoria de las subvenciones financiables con fondos europeos.1. Las bases reguladoras de las subvenciones financiables con fondos europeos podrán incorporar la convocatoria de las mismas.”
Evaluación mediante comprobación por los servicios técnicos del Patronato de Turismo, así como las evaluaciones y seguimientos de la Dirección General de Turismo y Activación Económica.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.7- AYUDAS A EMPRESAS TURÍSTICAS PARA LA MODERNIZACIÓN YREJUVENECIMIENTO DE LA PLANTA TURÍSTICA PRTR
Evaluación mediante comprobación por los servicios técnicos del Patronato de Turismo, así como las evaluaciones y seguimientos de la Dirección General de Turismo y Activación Económica.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.8- AYUDAS DESTINADAS A LA REACTIVACION DE LOS ESTABLECIMIENTOS AFECTADOS POR PÉRDIDAS EN SU ACTIVIDAD ECONÓMICA EN ZONAS AFECTADAS POR OBRAS DE LARGA DURACIÓN EN VIA PUBLICA
Tendrán especial atención las acciones de promoción y dinamización dirigidas al fomento del Centro Histórico de Melilla, “Melilla La Vieja”, el barrio del Real, el paseo marítimo, entre otras zonas de especial interés comercial; y a la promoción y modernización de los mercados municipales como formas tradicionales de negocio que mantienen la vida y la actividad en las calles.
Evaluación mediante comprobación por la oficina de gestión de ayudas de la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla SAU. No obstante, todas las actuaciones o cometidos que exterioricen una actividad de la Administración que tenga una directa trascendencia para la situación jurídica de otros sujetos de derecho, incluida la instrucción de los procedimientos de concesión de subvenciones y las propuestas de resolución resultantes, corresponderán a un funcionario de la Dirección General de Turismo y Activación Económica a determinar en la convocatoria, asistido y auxiliado por la entidad instrumental Proyecto Melilla SAU.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.9- AYUDAS AMPLIACIÓN Y/ O MODERNIZACIÓN DE LOCALES COMERCIALES EN MELILLA. RESOLUCIÓN SECRETARIA DE ESTADO DE COMERCIO
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.10- SUBVENCIONES PARA LA PROMOCIÓN DEL TURISMO.
Evaluación mediante comprobación por los servicios técnicos del Patronato de Turismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.11- DIVERSIFICACIÓN Y NUEVOS PRODUCTOS. FOMENTO INTERCULTURALIDAD Y SEGMENTO DEPORTIVO
Evaluación mediante comprobación por los servicios técnicos del Patronato de Turismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.12- ESCUELA DE HOSTELERÍA Y TURISMO
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.13- AYUDAS AL EMPLEO Y AUTOEMPLEO
-Incentivar la generación de empleo a través de las pequeñas y medianas empresas,
-Promoción del autoempleo.
Según lo determinado en el Programa FSE+ para Melilla 2021-2027, o en los Presupuestos de Proyecto Melilla, S.A.U.
Evaluación mediante comprobación por la oficina de gestión de ayudas de la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla SAU, así como las evaluaciones y seguimientos de la Dirección General de Planificación y Estratégica establecidos dentro del Programa FSE+ para Melilla 2021-2027, en su caso. No obstante, todas las actuaciones o cometidos que exterioricen una actividad de la Administración que tenga una directa trascendencia para la situación jurídica de otros sujetos de derecho, incluida la instrucción de los procedimientos de concesión de subvenciones y las propuestas de resolución resultantes, corresponderán a un funcionario de la Dirección General de Turismo y Activación Económica a determinar en la convocatoria, asistido y auxiliado por la entidad instrumental Proyecto Melilla SAU.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.14- AYUDAS A LA INVERSIÓN
Nº | Orgán. | Progr. | Económico Cl. Específica | Denominación | TOTAL | DIRECCIÓN GENERAL | PROCEDIMIENTO DECONCESIÓN |
Evaluación mediante comprobación por la oficina de gestión de ayudas de la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla SAU, así como las evaluaciones y seguimientos de la Dirección General de Planificación y Estratégica establecidos dentro del Programa FEDER para Melilla 2021-2027, en su caso. No obstante, todas las actuaciones o cometidos que exterioricen una actividad de la Administración que tenga una directa trascendencia para la situación jurídica de otros sujetos de derecho, incluida la instrucción de los procedimientos de concesión de subvenciones y las propuestas de resolución resultantes, corresponderán a un funcionario de la Dirección General de Turismo y Activación Económica a determinar en la convocatoria, asistido y auxiliado por la entidad instrumental Proyecto Melilla SAU.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.15- AYUDAS A LA ADECUACIÓN, MEJORA, AMPLIACIÓN Y/ O MODERNIZACIÓN DE LOCALES COMERCIALES Y DE SERVICIOS EN MELILLA
-Fomento de la innovación y a la transformación digital.
-Modernización empresarial.
Evaluación mediante comprobación por la oficina de gestión de ayudas de la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla SAU. No obstante, todas las actuaciones o cometidos que exterioricen una actividad de la Administración que tenga una directa trascendencia para la situación jurídica de otros sujetos de derecho, incluida la instrucción de los procedimientos de concesión de subvenciones y las propuestas de resolución resultantes, corresponderán a un funcionario de la Dirección General de Turismo y Activación Económica a determinar en la convocatoria, asistido y auxiliado por la entidad instrumental Proyecto Melilla SAU.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.16- AYUDAS A LA INVERSION CON CREACIÓN DE EMPLEO
Evaluación mediante comprobación por la oficina de gestión de ayudas de la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla SAU, así como las evaluaciones y seguimientos de la Dirección General de Planificación y Estratégica establecidos dentro del Programa FEDER para Melilla 2021-2027, en su caso. No obstante, todas las actuaciones o cometidos que exterioricen una actividad de la Administración que tenga una directa trascendencia para la situación jurídica de otros sujetos de derecho, incluida la instrucción de los procedimientos de concesión de subvenciones y las propuestas de resolución resultantes, corresponderán a un funcionario de la Dirección General de Turismo y Activación Económica a determinar en la convocatoria, asistido y auxiliado por la entidad instrumental Proyecto Melilla SAU.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.17- AYUDAS FINANCIERAS A LA CREACIÓN, AMPLIACIÓN Y DIVERSIFICACIÓN DE PYME.
Evaluación mediante comprobación por la oficina de gestión de ayudas de la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla SAU. No obstante, todas las actuaciones o cometidos que exterioricen una actividad de la Administración que tenga una directa trascendencia para la situación jurídica de otros sujetos de derecho, incluida la instrucción de los procedimientos de concesión de subvenciones y las propuestas de resolución resultantes, corresponderán a un funcionario de la Dirección General de Turismo y Activación Económica a determinar en la convocatoria, asistido y auxiliado por la entidad instrumental Proyecto Melilla SAU.
- SEGUIMIENTO: Informes de la oficina de gestión de ayudas de la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla S.A.U.
- EVALUACIÓN: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1ª
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA Y LA CONFEDERACIÓN DE EMPRESARIOS DE MELILLA (CEME) PARA LA EJECUCIÓN DE ACCIONES DE COLABORACIÓN EN MATERIA TURÍSTICA, FORMACIÓN DEL EMPRESARIO Y DESARROLLO DE EVENTOS
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1ª
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA Y PYMES MELILLA, PARA LA EJECUCIÓN DE ACCIONES DE COLABORACIÓN
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 4ª
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN DE MUJERES EMPRENDEDORAS Y EMPRESARIAS DE MELILLA
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 4ª
PROGRAMA DE INTEGRACIÓN LABORAL DE DESEMPLEADOS EN EMPRESAS MELILLENSES
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 4ª
CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LA UGR OLIMPIADA DE ECONOMÍA
Se prevé:
Presentación de memoria de la actuación y justificantes de éstos. No se establecen otros criterios evaluativos dada su escasa cuantía.
4- CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA
A.- DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS URBANOS.
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS:
1º.- Ejercicio de las competencias a las que este municipio se encuentra obligado por el art. 25.2 k de la Ley 7/85, Reguladora de Las Bases de Régimen Local, así como es prestar servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal respecto a Cementerios y actividades funerarias.
2º.- Apoyar a las entidades representativas en la Ciudad de las distintas religiones, cuyos ritos funerarios y mantenimiento de cementerios no estén gestionados directamente por la Ciudad Autónoma de Melilla a través de esta Consejería de Medio Ambiente, bien directamente, bien mediante una relación contractual externa en los aspectos que no contravengan las costumbres o ritos funerarios, como ocurre actualmente con la comunidad cristiana o con la comunidad islámica, quedando fuera de estos servicios municipales los correspondientes a ritos funerarios y mantenimientos de los cementerios de la comunidad hebrea.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.1-MANTENIMIENTO DEL CEMENTERIO HEBREO
El descenso en la población de esta comunidad, que representa actualmente no más del 2% del censo de la Ciudad, los escasos enterramientos que se producen al año, la existencia de cementerios hebreos que hay que mantener y cuya historia se sitúa en tiempos pretéritos en los que la representación de la comunidad hebrea era sensiblemente mayor, y el alto interés de la comunidad en gestionar estos servicios funerarios y de cementerios con miembros de dicha comunidad como mayor garantía de la observancia estricta de los ritos y costumbres funerarios.
Se pretende la Participación de la comunidad hebrea en la gestión y mantenimiento de los cementerios de dicha comunidad en consonancia con la observancia de los ritos funerarios propios, que prestan servicio a su colectivo, limitando su coste en comparación con el importe que supondría la gestión directa de los mismos por la Ciudad Autónoma, garantizando al mismo tiempo que estos servicios funerarios y de mantenimiento se llevan a cabo por miembros de dicha colectividad y de la observancia de costumbres y ritos propios de la misma.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.2-MANTENIMIENTO DEL CEMENTERIO COMUNIDAD ISLÁMICA
El incremento en la población de la comunidad islámica, que representa actualmente más del 50% del censo de la Ciudad, el crecimiento exponencial de enterramientos que se producen al año, la costumbre de enterrar a los fallecidos en tierra, la existencia de un único cementerios musulmán, con los equipamientos propios (mezquita, comedor, oficinas, etc.) que hay que mantener y el alto interés de la comunidad musulmana representada por la Comisión Islámica de Melilla con miembros de dicha comunidad como mayor garantía de la observancia estricta de los ritos y costumbres funerarios.
Por otra parte, se pretende, como objetivo específico, la Participación de la comunidad islámica en la gestión y mantenimiento del cementerio de dicha comunidad y en la observancia de los ritos funerarios propios, acomodando su coste al uso cada vez mayor de dicha instalación, garantizando al mismo tiempo que estos servicios funerarios y de mantenimiento se llevan a cabo por miembros de dicha colectividad y de la observancia de costumbres y ritos propios de la misma.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.3-CONSERVACIÓN ELEMENTOS CEMENTERIOS
Se pretende la conservación y buena apariencia de los cementerios del Cementerio de la Purísima Concepción, dentro de las obligaciones de la Ciudad Autónoma de Melilla.
B.- DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS Y RECURSOS HÍDRICOS.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.1-AYUDA A LA INSTALACIÓN DE DEPÓSITO DE AGUA
Esto ocurre principalmente en viviendas de las zonas altas de la ciudad, donde la red general de abastecimiento no dispone de presión directa adecuada para los usos habituales de este recurso y se requieren sistemas particulares adicionales de elevación y almacenamiento, dándose además el agravante de que las mencionadas zonas son también las más desfavorecidas en términos de nivel de renta entre sus habitantes.
Se pretende la mejora cuantitativa y cualitativa del suministro de agua potable, tanto en garantía de suministro como en presión, a fin de mitigar el problema actual de la Ciudad Autónoma de Melilla, que en las zonas más altas de la misma no permite el suministro directo de la red a una presión adecuada y requiere de sistemas particulares adicionales de elevación y almacenamiento.
Facilitar a los usuarios de baja renta y escaso poder adquisitivo que viven en las zonas altas y más desfavorecidas de la CAM, la adquisición de pequeños depósitos particulares de agua potable y/o grupos de presión individuales de baja potencia.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.2-AYUDA A LA ADAPTACIÓN DE INSTALACIONES INTERNAS DE AGUA POTABLE A LA NORMATIVA VIGENTE
Por otra parte, el Reglamento del Servicio Municipal de Aguas Potables de Melilla, Boletín Oficial de 12 de marzo de 1987, indica las exigencias de las instalaciones y locales de las acometidas y contadores de aguas.
La Ciudad de Melilla tiene prevista una sustitución de los actuales contadores, propiedad de los abonados, por otros nuevos de titularidad municipal equipados con sistemas de telelectura. Para ello se realizará una campaña de inspecciones de forma sectorizada en las instalaciones interiores de los edificios, mediante la cual se comprobará el cumplimiento de la normativa y se obligará a realizar una adaptación a la misma en caso necesario.
En resumen, adaptar las instalaciones internas de agua potable a la normativa es necesario para garantizar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de seguridad, aprovechar las ventajas de las nuevas tecnologías y facilitar la gestión y análisis de los datos de consumo
Con esta actuación se pretende facilitar la adaptación de acometidas, baterías de contadores y/u Hornacinas o alojamientos de los contadores, desde la conexión con la red Municipal hasta la Salida hacia la red interior.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.3-CONVENIO IGME INVESTIGACIÓN AGUAS SUBTERRÁNEAS
Esta colaboración se plasmará en la realización de proyectos y estudios científicos técnicos relacionados con el medio ambiente, los recursos hídricos, cartografía temática y otros proyectos relacionados con las Ciencias de la Tierra, así como actividades que lleven a cabo ambos organismos.
El presente Convenio tiene por objeto llevar a cabo la investigación de diferentes acuíferos como apoyo al abastecimiento urbano y a la sostenibilidad ambiental de la Ciudad Autónoma de Melilla para el período 2020-2024, así como precisar las condiciones bajo las cuales deberá regirse la realización de las diferentes actividades recogidas en el listado siguiente:
1.- Informes complementarios con la toma de muestras de calidad en los diferentes acuíferos para evaluar procedencia de las aguas.
2.- Informes complementarios sobre el reconocimiento de sondeos previos y de sondeos de investigación con equipo de testificación geofísica.
3.- Informes complementarios sobre la determinación de la existencia o no de la cuña de intrusión marina en diferentes acuíferos.
4.- Informes complementarios sobre la evaluación actualizada de la recarga en cada uno de los acuíferos (volcánico, carbonatado y aluvial).
5.- Informes complementarios en relación con el estudio de la posibilidad de realizar operaciones de recarga artificial de acuíferos. Plan Estratégico Subvenciones CAM 2020-2022 - Página 84 de 129
6.- Propuesta de optimización de las instalaciones eléctricas, asociadas al bombeo de las aguas subterráneas. Adaptación del bombeo a las curvas característica y mejora del rendimiento.
7.- Informe con análisis hidrogeológico de las posibilidades de captación de aguas subterráneas para abastecimiento de la desaladora.
8.- Informes complementarios del seguimiento de sondeos de investigación para control de evolución de niveles.
9.- Informes complementarios al Plan de Uso sostenible de las masas de agua subterránea (bombeo por sectores con tendencia a la recuperación del estado cuantitativo y cualitativo de las masas de agua.
10.- Propuesta de una batería estratégica de apoyo al abastecimiento urbano desde el acuífero calizo de Melilla y seguimiento.
11.- Plan de explotación mediante sondeos del borde costero como apoyo a la desaladora y el aprovechamiento del agua continental salobre en las masas del acuífero calizo y volcánico.
12.- Elaboración de un modelo matemático de flujo en los acuíferos de Melilla. 13.- Estudio del sellado de sondeos preexistentes para evitar mezclas de agua de mala calidad.
14.- Campaña de sondeos de investigación en el Parque Hernández y en el trazado a la plaza de España. (5 sondeos).
15.- Controles de la evolución de la intrusión marina y de las explotaciones.
16.- Mejora del conocimiento del modelo 3D provisional realizado con los nuevos datos geofísicos y de sondeos.
17.- Mejora del conocimiento del aluvial con sondeos en el primitivo desvío del cauce hacia la Plaza de España.
18.- Campaña complementaria de prospección geofísica en el aluvial.
19.- Reconocimiento mediante sondeos de los sectores donde emplazar las pantallas del aluvial, así como del área cementada bajo el puente del Escaño. (14 sondeos).
20.- Perímetros de protección de la calidad de los abastecimientos urbanos (tránsito de mercancías peligrosas, ubicación de instalaciones potencialmente contaminantes y otros).
Regular las condiciones de colaboración y cooperación en las que se desarrollarán las actividades entre la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla y el IGME.
Investigación de diferentes acuíferos como apoyo al abastecimiento urbano y a la sostenibilidad ambiental de la Ciudad Autónoma de Melilla para el período 2020-2024.
Con todo lo anterior se pretende conseguir la mejora cuantitativa y cualitativa de las masas de agua subterránea gestionadas por la Ciudad Autónoma de Melilla, que suponen, en la actualidad, casi 1/3 de la demanda total de agua de consumo humano de la población.
Asimismo, podrán designarse suplentes de los miembros de la Comisión y a sus reuniones podrán asistir los técnicos que se juzgue conveniente por las partes, según los temas a tratar.
La Comisión de Seguimiento tendrá las funciones siguientes:
Los acuerdos de la Comisión de seguimiento se regirán por lo dispuesto en la Lay 40/2015, de 1 de Octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, para los Órganos Colegiados, concretamente los art. 15 al 18, de la precitada Ley. La Comisión se considerará válidamente constituida si están presentes al menos tres miembros vocales o suplentes de los cuatro integrantes de la misma. Las decisiones de la Comisión de seguimiento se tomarán por unanimidad
LINEA DE SUBVENCION 2º
2.4 SERVICIO DE HAMACAS FEAFES
C.- DIRECCIÓN GENERAL DE SOSTENIBILIDAD
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.1-ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS DE MOVILIDAD PERSONAL
Se pretende conseguir la participación de las personas que realizan desplazamientos urbanos mediante vehículos, en la utilización de vehículos menos contaminantes que los que utilizan motores de combustión para su impulso. Conjugando así la búsqueda de una menor contaminación urbana derivada del tráfico vehicular, con unos flujos adecuados en el modelo de movilidad existente.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.2-RENOVACIÓN FLOTA DE TAXIS DE MELILLA
Siguiendo con la misma línea de actuación, la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la Consejería competente en materia de Movilidad y Medio Ambiente, con el fin de lograr una mayor accesibilidad de los ciudadanos melillenses a un trasporte no contaminante, pone en marcha el presente Programa de ayudas, que trata de sustituir los vehículos auto taxi actuales por otros nuevos, menos contaminantes y más accesibles.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.3-COMPENSACIÓN DÉFICIT TARIFARIO COA.
Que el transporte colectivo urbano debe ser uno de los puntos esenciales en la política de conservación del medio ambiente y, además, debe alcanzar niveles de comodidad, calidad y rapidez que satisfagan las expectativas de los ciudadanos.
Se trata de una subvención nominativa incluida en los Presupuestos Generales de la CAM para incluyendo el déficit tarifario de los 6 primeros meses de 2024, fecha en que se prevé la entrada en vigor del próximo contrato. Está destinada a sufragar gastos de explotación del presente ejercicio 2023 que no estén cubiertos por los ingresos ordinarios y con subvenciones de otros entes, o a sufragar el déficit en el servicio que arrastra la beneficiaria desde 2007.
Consta Informe de la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad que pone de manifiesto que la COA sigue prestando actualmente el servicio de trasporte colectivo urbano.
Asimismo, por sentencia 182/2017 del Juzgado Contencioso Administrativo nº1 de Melilla se reconoce la vinculación de dicha empresa al servicio, así como determina la obligación de sufragar por la CAM el déficit de explotación obtenido por la COA en la prestación del servicio de transporte colectivo urbano de viajeros.
La Secretaria Técnica de la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad con fecha 6 de octubre de 2017 emite informe en el que hace constar que la Ciudad Autónoma de Melilla ejerce competencias sobre su territorio en materia de “transporte público de viajeros” (art. 25.2 letra g).
El servicio público de transporte es un servicio esencial, social y estratégico que se presta a la ciudadanía, siendo obligación para las instituciones de la Ciudad Autónoma ejercer sus potestades con los siguientes objetivos básicos entre otros: la mejora de las condiciones de vida, el fomento de la calidad de vida mediante la protección de la naturaleza y del medio ambiente, el desarrollo de los equipamientos sociales y la realización de un eficaz sistema de comunicaciones que potencie los intercambios humanos, culturales y económicos.
Que el transporte colectivo urbano debe ser uno de los puntos esenciales en la política de conservación del medio ambiente y, además, debe alcanzar niveles de comodidad, calidad y rapidez que satisfagan las expectativas de los ciudadanos.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.4-CONVENIO UGR ESTUDIOS ESPECIES Y HÁBITATS
A.- La realización de estudios y planes para la valoración y seguimiento del estado de conservación medioambiental de los espacios naturales y especies de flora y fauna con estatus de protección oficial, en el litoral y zonas ZEC del territorio de la Ciudad Autónoma de Melilla.
1º.- La CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, debido a la presencia en su territorio de dos zonas de especial conservación (ZEC) incluidas en la Red Natura 2000 Europea, la marítimo-terrestre de los Acantilados de Aguadú y la terrestre del Barranco del Rio Nano; está obligada al seguimiento y conservación de dichas zonas, tanto de los hábitats protegidos, recogidos en el Anexo I, como de las especies presentes en el Anexo IV de la Directiva Hábitat (Directiva Europea 92/43/CEE), habida cuenta de la particularidad de la flora y fauna melillense, casi únicas dentro del contexto general de España, por la situación geográfica norteafricana de la ciudad y por su clima mediterráneo de tendencias sub-áridas. No obstante, la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad no cuenta con personal cualificado para acometer los estudios mencionados, de ahí la necesidad de contar con la colaboración y apoyo de expertos universitarios en esta materia específica.
2º.- Que la CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de su comunidad vecinal en materia de Protección del Medio Natural, a través de la Consejería de y Medio Ambiente y Sostenibilidad, conforme a lo dispuesto en el Decreto de Atribución de Competencias a las Consejerías de la Ciudad, en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 19 de diciembre de 2019, relativo a la modificación del Decreto de distribución de competencias entre las Consejerías de la Ciudad (BOME Extraordinario núm. 43, de 19 de diciembre de 2019) y está interesada en el estudio de las especies más reseñables así como de los estados de conservación y calidad de los hábitats de la zona Z.E.C. y del litoral melillense, requiriendo para ello de la colaboración de instituciones universitarias ampliamente acreditadas en ese campo.
B.- Gestión de los hábitats y especies protegidas.
Participación de la Universidad de Granada en la gestión de las especies y hábitats protegidos, limitando su coste en comparación con el importe que supondría la gestión directa de los mismos por la Ciudad Autónoma, garantizando al mismo tiempo que estos estudios se realizan por personal investigador con amplia experiencia.
Seguimiento y conservación de zonas de especial conservación (ZEC) incluidas en la Red Natura 2000 Europea, la marítimo y terrestre de los Acantilados de Aguadú y la terrestre del Barranco del rio Nano, tanto de los hábitats protegidos, recogidos en el Anexo I, como de las especies presentes en el Anexo IV de la Directiva Hábitat (Directiva Europea 92/43/CEE), habida cuenta de la particularidad de la flora y fauna melillense, casi únicas dentro del contexto general de España, por la situación geográfica norteafricana de la ciudad y por su clima mediterráneo de tendencias subáridas.
Evaluación mediante comprobación por la Oficina Técnica de Protección al Medio Natural dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado con los informes ambientales y planes de gestión realizados en cada ejercicio.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.5-AYUDAS DESTINADAS AL ESTUDIO DE LA AVIFAUNA Y FLORA EN LA CIUDAD DE MELILLA
Actuación con la Entidades especializadas en el estudio de Avifauna y flora en la Ciudad Autónoma de Melilla con el fin de realizar:
A.- Fomento del estudio de la Avifauna de la Ciudad Autónoma de Melilla para la implementación de medidas que fomenten la conservación de la biodiversidad local.
2º.- Que la CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de su sociedad en materia de Protección del Medio Natural, a través de la Consejería de y Medio Ambiente y Sostenibilidad, conforme a lo dispuesto en el Decreto de Atribución de Competencias a las Consejerías de la Ciudad, en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 19 de diciembre de 2019, relativo a la modificación del Decreto de distribución de competencias entre las Consejerías de la Ciudad (BOME Extraordinario núm. 43, de 19 de diciembre de 2019).
B.- Conocer de manera pormenorizada la distribución espacial de las aves que nidifican en la Ciudad Autónoma de Melilla. Incidencia en objetivos estratégicos 1 y 2.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.6-CONCIENCIACIÓN E INFORMACIÓN A LA PROTECCIÓN DE LA NATURALEZA EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
Con esta actuación se pretende el fomento de la participación ciudadana en la mejora del entorno natural y la ampliación de conocimientos de las temáticas y problemas de la conservación del medio ambiente y la protección de la biodiversidad en la Ciudad de Melilla.
Con esta actuación se pretende el fomento de la participación ciudadana en la mejora del entorno natural y la ampliación de conocimientos de las temáticas y problemas de la conservación del medio ambiente y la protección de la biodiversidad en la Ciudad de Melilla.
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.7-SUBVENCIÓN ONG´S PROTECCIÓN DE LA NATURALEZA
1º.- La CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, debido a la presencia en su territorio de dos zonas de especial conservación (ZEC) incluidas en la Red Natura 2000 Europea, la marítimo-terrestre de los Acantilados de Aguadú y la terrestre del Barranco del Rio Nano; está obligada al seguimiento y conservación de dichas zonas, tanto de los hábitats protegidos, recogidos en el Anexo I, como de las especies presentes en el Anexo IV de la Directiva Hábitat (Directiva Europea 92/43/CEE), habida cuenta de la particularidad de la flora y fauna melillense, casi únicas dentro del contexto general de España, por la situación geográfica norteafricana de la ciudad y por su clima mediterráneo de tendencias sub-áridas. No obstante, la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad no cuenta con personal cualificado para acometer los estudios mencionados, de ahí la necesidad de contar con la colaboración y apoyo de expertos universitarios en esta materia específica.
2º.- Que la CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de su comunidad vecinal en materia de Protección del Medio Natural, a través de la Consejería de y Medio Ambiente y Sostenibilidad, conforme a lo dispuesto en el Decreto de Atribución de Competencias a las Consejerías de la Ciudad, en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 19 de diciembre de 2019, relativo a la modificación del Decreto de distribución de competencias entre las Consejerías de la Ciudad (BOME Extraordinario núm. 43, de 19 de diciembre de 2019) y está interesada en el estudio de las especies más reseñables así como de los estados de conservación y calidad de los hábitats de la zona Z.E.C. y del litoral melillense, requiriendo para ello de la colaboración de instituciones universitarias ampliamente acreditadas en ese campo.
B.- Gestión de los hábitats y especies protegidas. Subvención ONG'S Protección a la naturaleza.
3 | 05 | 23300 | 78000 | TRANSFERENCIASDECAPITALCENTROS POLÍTICASSOCIALES | 20.000,00 € | SERVICIOSSOCIALES/MENORYFAMILIA/ SALUD PÚBLICA | CONCURRENCIACOMPETITIVA/ NO COMPETITIVA/ DIRECTA |
Evaluación mediante comprobación por la Oficina Técnica de Protección al Medio Natural, dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad, de la justificación del importe otorgado con los justificantes.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.8-SUBVENCIÓN FOMENTO IMPLANTACIÓN EMAS
Nº | Orgán. | Progr. | Económico Cl. Específica | Denominación | TOTAL | DIRECCIÓN GENERAL | PROCEDIMIENTO DECONCESIÓN |
1 | 05 | 23101 | 78000 | CONVENIOCENTROASISTENCIALDE MELILLA | 150.000,00 € | SERVICIOSSOCIALES/ MENORYFAMILIA | NOMINATIVA/ CONCURRENCIA COMPETITIVA/ NOCOMPETITIVA/DIRECTA |
2 | 05 | 23129 | 78000 | CONVENIODIVINAINFANTITA | 50.000,00 € | MENORYFAMILIA | NOMINATIVA/ CONCURRENCIA COMPETITIVA/ NOCOMPETITIVA/ DIRECTA |
Total Orgánico 05 CAPVII – CONSEJERIA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA | 39.629.489,60 € |
Que las empresas y organizaciones con esta subvención puedan implantar un sistema de gestión ambiental que les permita evaluar, gestionar y mejorar los impactos ambientales, asegurando así un comportamiento excelente en este ámbito.
Las organizaciones reconocidas con el EMAS -ya sean compañías industriales, pequeñas y medianas empresas, organizaciones del sector servicios, administraciones públicas, etc.- tienen una política ambiental definida, hacen uso de un sistema de gestión medioambiental y dan cuenta periódicamente del funcionamiento de dicho sistema a través de una declaración medioambiental verificada por organismo independientes. Estas entidades son reconocidas con el logotipo EMAS, que garantiza la fiabilidad de la información dada por dicha empresa.
Los efectos que se pretenden conseguir se encuentran los siguientes: Todas las instalaciones acogidas a cualquier programa de incentivos aprobado por estas bases, excepto la tipología de Biomasa aparatos de calefacción local del programa 6, deberán contar con un sistema de monitorización de la energía eléctrica o térmica producida por la instalación objeto de subvención. Las funcionalidades de este sistema serán las siguientes:
La biomasa cumplirá los criterios de sostenibilidad establecidos en los artículos 29 a 31 de la Directiva 2018/2001, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables, así como los correspondientes actos delegados y de ejecución.
Estarán incluidos en estas ayudas los siguientes programas:
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Servicios Urbanos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos. Subvención Prepagable.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.9-SUBVENCIÓN EFICIENCIA ENERGÉTICA CEIP ENRIQUE SOLER
Su objetivo es la ayuda para la implantación e instalación de placas solares, baterías solares o de sistemas de aerotermia, que tengan como fin el autoconsumo o la eficiencia energética.
Las ayudas se destinarán a actuaciones en edificios completos existentes en Melilla, concretamente edificios de cualquier otro uso (administrativo, sanitario, docente, cultural, etc.) de los regulados por el artículo 2.1 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE).
Con estas ayudas se pretende conseguir y justificar una reducción del consumo de energía final y de las emisiones de dióxido de carbono con respecto a su situación de partida, y cumplir con las condiciones establecidas por estas bases. El ahorro de energía final a nivel de usuario final se justificará mediante uno de los métodos de cálculo del anexo V de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012.
El ahorro de energía final conseguido por las actuaciones acogidas a este programa será computado a efectos del cumplimiento de los objetivos de ahorro de energía final del artículo 7 de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 18/2014, de 15 de octubre.
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos. Subvención Prepagable.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.10-SUBVENCIÓN EFICIENCIA ENERGÉTICA
Para las actuaciones subvencionables, se deberá prever que, en cómputo anual, la suma de la energía eléctrica consumida por parte del consumidor o consumidores asociados a la instalación objeto de ayuda sea igual o mayor al 80 % de la energía anual generada por la instalación.
Las actuaciones subvencionables dentro del programa de las tecnologías solar térmica, biomasa, geotérmica, hidrotérmica o aerotérmica (exceptuando las tecnologías aire-aire) para climatización y/o agua caliente sanitaria en viviendas. Las instalaciones realizadas deberán cumplir, cuando corresponda, con los requisitos establecidos en el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE), aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, así como cualquier otra normativa que les sea de aplicación. En el caso de las bombas de calor accionadas eléctricamente deberán tener un SPF superior a 2,5. F. En el caso de las instalaciones de biomasa para climatización o ACS (incluidas dentro del programa de incentivos 6).
Las instalaciones de esta tipología deberán lograr una reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de al menos un 80 % a fin de que se alcance un «Coeficiente para el cálculo de la ayuda a los objetivos climáticos» del 100 %, de acuerdo con lo establecido el Anexo VI del el Reglamento (UE) 2021/241 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
La finalidad de esta subvención es:
El ahorro de energía final conseguido por las actuaciones acogidas a este programa será computado a efectos del cumplimiento de los objetivos de ahorro de energía final del artículo 7 de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 18/2014, de 15 de octubre.
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos. Subvención Prepagable.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.11-PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES DE CONCIENCIACIÓN, SENSIBILIZACIÓN E INFORMACIÓN AMBIENTAL
Las ayudas tienen como objeto la promoción programas de actividades de concienciación, sensibilización e información ambiental en la Ciudad Autónoma de Melilla entre las que se encuentran:
Se pretende la mejorar la participación ciudadana en el ámbito del medio ambiente en la Ciudad Autónoma de Melilla.
a.- Concurrencia Competitiva.
b.- Forma de concesión: Subvención.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos. Subvención Prepagable.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.12-AYUDA A LA RETIRADA DE MATERIALES QUE CONTIENEN FIBROCEMENTO EN INSTALACIONES Y EMPLAZAMIENTOS PRIVADOS.
En España la utilización y comercialización del amianto está prohibida desde 2002 tras la Orden ministerial del 7 de diciembre de 2001 por la que se modifica el anexo I del Real Decreto 1406/1989, de 10 de noviembre, sobre limitaciones a la comercialización y al uso de ciertas sustancias y preparados peligrosos. En cambio, muchos edificios y elementos industriales construidos en fechas anteriores a su prohibición aún contienen amianto.
Además, el Parlamento Europeo en 2013 estableció una resolución instando a la UE a "supervisar la presencia de amianto en edificios públicos y privados" y a crear "planes de acción para su eliminación segura" antes del año 2028, así como indica el Parlamento realizar un registro de edificios que contienen amianto. En esta resolución, entre otras propuestas importantes: insta a la UE a que realice: “una evaluación de impacto y análisis de costes y beneficios de la posibilidad de crear planes de acción para la eliminación segura del amianto de los edificios públicos”.
Con la aprobación de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, se recoge en su disposición adicional decimocuarta la obligación de los ayuntamientos de elaborar un censo de instalaciones y emplazamientos con amianto incluyendo un calendario que planifique su retirada. Dentro de estas instalaciones se recogen tanto públicas, como privadas.
Los riesgos derivados del amianto están producidos por la inhalación de las fibras de amianto, siendo las de menor tamaño las que alcanzan las vías aéreas inferiores. La longitud y configuración de las fibras (pequeño tamaño y forma larga y delgada) influye en su capacidad de penetración en las vías respiratorias, ya que pueden permanecer en suspensión en el aire durante mucho tiempo y por lo tanto poder ser respiradas.
Una vez dentro de los pulmones, los mecanismos de defensa del organismo tratan de descomponerlas y expulsarlas, siendo muchas las fibras de amianto que consiguen quedarse en el cuerpo y permanecer en él durante mucho tiempo.
El amianto (en todas sus variedades) está clasificado según la Legislación Española como cancerígeno de primera categoría, es decir, "sustancias que se sabe, son carcinógenas para el hombre".
Por orden número 249 del 20 de octubre de 2023, se crea el censo de instalaciones y emplazamientos públicos y privados que contienen amianto.
Con el fin de poder contar con toda la información necesaria para el censo municipal, a la par de que se previenen problemas para la salud de los propios ciudadanos, se decide establecer una convocatoria para la retirada de este material en instalaciones y emplazamientos privados.
Con esta actuación se pretende contar con la información actualizada en el censo de la ciudad, a la par de que se facilita la retirada de este material peligroso, reduciendo el riesgo para la salud humana.
5- CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR
A.- DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y PATRIMONIO CULTURAL
Facilitar medios para el desarrollo de sus actividades y estructura interna a las organizaciones cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como impartir conferencias, charlas o cursos sobre cualquier aspecto relacionado con la cultura, o bien facilitar los medios a entidades que tengan entre sus fines el fomento, la conservación o enriquecimiento del patrimonio histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico y etnológico para la realización de actividades que le son propias, en aplicación de lo establecido en el artículo 21.1.14 y 15 de la Ley Orgánica 2/95, de 13 de marzo, que aprueba el Estatuto de Autonomía de Melilla.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.1- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA COMUNIDAD ISRAELITA DE MELILLA
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.2- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA COMUNIDAD HINDÚ DE MELILLA
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.3- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA COMISIÓN ISLÁMICA DE MELILLA
1.4- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA SOCIEDAD CULTURAL AMIGOS DE LA MÚSICA
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.5- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN BANDA DE MÚSICA, ORQUESTA SINFÓNICA Y CORO “CIUDAD DE MELILLA”
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.6- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN NANA
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.7- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN OXÍGENO LABORATORIO CULTURAL
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.8- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL INSTITUTO DE CULTURA GITANA
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.9- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN SOCIO-CULTURAL MEM GUÍMEL
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.10- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL COLEGIO LA SALLE “EL CARMEN”
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.11- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN CENTROS DE FORMACIÓN DE MELILLA.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.12- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA AGRUPACIÓN DE COFRADÍAS DE SEMANA SANTA DE MELILLA
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.13- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN ESCUELA DE FLAMENCO “CIUDAD DE MELILLA”
1- Subvención directa con la vigencia del convenio.
2- Forma de concesión: Convenio con la Asociación Escuela de Flamenco "Ciudad de Melilla"
3- Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
1.16- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN ESTUDIOS MELILLENSES
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.14- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN ESTUDIOS MELILLENSES
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.15- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA UNIVERSIDAD DE GRANADA (AULA PERMANENTE DE FORMACIÓN ABIERTA)
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.16- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA REAL ORDEN FRANCISCANA CONGREGACIÓN DE NUESTRA SEÑORA VIRGEN DE LA VICTORIA
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.17- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.18- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS TÉCNICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.19- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN SOCIOCULTURAL RUSADIR XXI
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.20- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN MELILLA PARA LA UNESCO
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.21- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN MELILLENSE INCLUSIÓN ACTIVA
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.22- SUBVENCIONES A ASOCIACIONES DE ÍNDOLE CULTURAL DOMICILIADAS EN MELILLA
1.23- SUBVENCIONES CASAS REGIONALES DE MELILLA
B.- DIRECCIÓN GENERAL DE FESTEJOS Y DEL MAYOR
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
Fondos de la Ciudad autónoma de Melilla.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
Fondos de la Ciudad autónoma de Melilla.
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA HERMANDAD DIVINA PASTORA
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA HERMANDAD DEL ROCÍO
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN DE ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD DE MAYORES
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y CIFAL
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y CLUB DE PENSIONISTAS Y JUBILADOS LA AMISTAD
6- CONSEJERIA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE
A.- DIRECCIÓN GENERAL DE INSTALACIONES DEPORTIVAS
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL COLEGIO LA SALLE EL CARMEN PARA UTILIZACIÓN DE LAS PISCINA DE DICHO CENTRO EDUCATIVO.
Convenio de colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y el colegio La Salle El Carmen para la utilización de la piscina de dicho centro educativo por el conjunto de los ciudadanos melillenses para la práctica del deporte de la natación.
Los subvencionados deberán presentar una memoria de actuación justificativa del cumplimiento del convenio y de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. Igualmente deberán presentar una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, la cual se hará de acuerdo con las directrices marcadas por la Intervención General, sin perjuicio de poderles solicitar la documentación que el órgano gestor considere oportuna.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA UNIÓN DEPORTIVA MELILLA PAA CONSERVACIÓN DEL ESTADIO ALVAREZ CLARO.
14/34124/48000, UNIÓN DEPORTIVA MELILLA CONVENIO UNIÓN DEPORTIVA MELILLA ESTADIO ÁLVAREZ CLARO 135.000,00€
Los subvencionados deberán presentar una memoria de actuación justificativa del cumplimiento del convenio y de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. Igualmente deberán presentar una memoria económica justificativa de las actividades realizadas, la cual se hará de acuerdo con las directrices marcadas por la Intervención General, sin perjuicio de poderles solicitar la documentación que el órgano gestor considere.
Asimismo, también dependiente de la precitada Consejería de Consejería de Educación, Juventud y Deporte, la Dirección General de Políticas Deportivas instando la inclusión de unas nuevas líneas de Subvención
B.- DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA DEPORTIVA.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1:
“CONVOCATORÍA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES DEPORTIVAS EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA.”
1º.- Orden del Consejero aprobando la convocatoria. 2ª.- Publicación de la convocatoria.
3ª.- Solicitudes.
4º.- Instrucción del procedimiento (propuesta de resolución provisional, alegaciones, propuesta definitiva, etc.).
5ª.- Orden de concesión del Consejero. 6º.- Publicación de la orden de concesión.
A la finalización del ejercicio, los beneficiarios deberán presentar una memoria descriptiva de la actividad realizada objeto de la subvención, así como una memoria económica-justificativa conforme a los criterios de las bases y de conformidad con la Intervención de la ciudad.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2ª
CONVENIOS DE COLABORACIÓN CON EQUIPOS QUE COMPITEN EN CATEGORÍA NACIONAL.
1º.- Acuerdo del Consejo de Gobierno aprobando el gasto (dicha aprobación se realiza en el ejercicio económico anterior).
2º.- Orden de incoación.
3º.- Solicitudes de conformidad con el artículo 12.1 del RGSCAM.
4º.- Fiscalización previa de Intervención al Convenio.
5º.- Aprobación por parte del Consejo de Gobierno.
6º.- Firma del convenio.
7º.- Publicación del convenio en el BOME.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3ª
CONVENIOS CON OBJETOS VARIOS.
1º.- Acuerdo del Consejo de Gobierno aprobando el gasto (dicha aprobación se realiza en el ejercicio económico anterior).
2º.- Orden de incoación.
3º.- Solicitudes de conformidad con el artículo 12.1 del RGSCAM. 4º.- Fiscalización previa de Intervención al Convenio.
5º.- Aprobación por parte del Consejo de Gobierno.
6º.- Firma del convenio.
7º.- Publicación del convenio en el BOME.
C.- DIRECCIÓN GENERAL DE JUVENTUD
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL CENTRO DE ESTUDIOS DE CULTURA MEDITERRÁNEA PARA ACTIVIDADES DE CAMPOS DE VOLUNTARIADO JUVENIL EN LAS ISLAS CHAFARINAS.
El centro Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.
D.- DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
COLEGIOS DE EDUCACIÓN INFANTIL, PRIMARIA, ESPECIAL Y EDUCACIÓN DE ADULTOS PÚBLICOS DE MELILLA
El centro Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
COLEGIOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA CONCERTADOS Y PRIVADOS PARA OBRAS Y EQUIPAMIENTOS
Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración, a la permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas y a la obligación legal que recae sobre esta administración.
PARTIDA PRESUPUESTARIA | BENEFICIARIO | CONCEPTO | IMPORTE |
14/33424/48900 | Liceo Sefardí | Obras y Equipamiento | 10.000,00 € |
14/32301/78000 | Ceip La Salle | Obras y Equipamiento | 40.000,00 € |
14/32302/78000 | Ceip Ntra. Sra. B. Consejo | Obras y Equipamiento | 40.000,00 € |
14/32303/78000 | Ceip Enrique Soler | Obras y Equipamiento | 65.000,00 € |
TOTAL | 155.000,00 € |
El centro Gestor elaborará un informe/memoria sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
ESCUELA DE BACHILLERATO ARTÍSTICO “MIGUEL MARMOLEJO"
Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración, a la permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas y a la obligación legal que recae sobre esta administración.
14/32318/47000 Subvención directa gastos mantenimiento Escuela de Arte Miguel Marmolejo. Importe 40.000€. Beneficiarios: Escuela de Arte Miguel Marmolejo.
El centro Gestor elaborará un informe/memoria sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 4º
ESCUELAS DE EDUCACIÓN INFANTIL DE PRIMER CICLO
Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas.
El centro Gestor elaborará en cada anualidad, en relación con el año precedente, un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 5º
CENTRO ASISTENCIAL DE MELILLA PARA ESCUELA DE EDUCACIÓN INFANTIL DE PRIMER GRADO “JOSEFA CALLES”
Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas.
El centro Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º
RELIGIOSAS DE MARIA INMACULADA PARA ESCUELA DE EDUCACIÓN INFANTIL DE PRIMER CICLO
Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas, mediante la inclusión en los presupuestos de una subvención directa nominativa.
El centro Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 7º
SUBVENCIONES DE AYUDAS AL ESTUDIO PARA ALUMNADO DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA
Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas.
PARTIDA PRESUPUESTARIA | BENEFICIARIO | CONCEPTO | IMPORTE |
14/32101/47000 | Alumnado de Colegios | Programa Disposición de Materiales | 229.626,62 € |
14/32101/22001 | Alumnado de Colegios | Programa Reposición de Libros | 700.000,00 € |
TOTAL | 929.626,62 € |
El centro Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 8º
SUBVENCIONES VIAJES DE ESTUDIOS Y ANÁLOGOS
Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.
El centro Gestor elaborará un informe sobre los resultados y el impacto de las subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 9º
SUBVENCIÓN CARITAS INTERPARROQUIAL COLONIAS URBANAS
Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de la actuación subvencionada.
El centro Gestor elaborará un informe sobre los resultados y el impacto de las subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 10º
SUBVENCIONES ACTIVIDADES EDUCATIVAS Y FORMATIVAS
Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.
El centro Gestor elaborará un informe sobre los resultados y el impacto de las subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 11º
ASOCIACIONES QUE TRABAJAN CON ALUMNADO DE EDUCACIÓN INCLUSIVA
Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas.
PARTIDA PRESUPUESTARIA | BENEFICIARIO | CONCEPTO | IMPORTE |
14/23123/48900 | Asoc. TEAMA | Subv. Atención personas con discapacidad/autismo | 40.000,00 € |
14/23300/48902 | Asoc. Autismo Melilla | Subv. Programa personas con autismo | 40.000,00 € |
TOTAL | 80.000,00 € |
El centro Gestor elaborará un informe sobre los resultados y el impacto de las subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 12º
ATENCIÓN A PETICIONES SUSCEPTIBLES DE SUBVENCIÓN DIRECTA
Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiaria.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 13º
AYUDAS UNIFORMIDAD ESCOLAR PARA FAMLIAS MELILLENSES CON HIJOS/AS QUE CURSAN ESTUDIOS EN COLEGIOS DE EDUCACIÓN INFANTIL, PRIMARIA, ESPECIAL O ESCUELA DE EDUACIÓN INFANTIL DE PRIMER CICLO EDUCATIVO
El centro Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.
Asimismo, dependiente de la precitada Consejería de Consejería de Educación, Juventud y Deporte, la Dirección General de Instalaciones Deportivas instando la inclusión de una nueva línea de Subvención 2: “Convenio de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Unión Deportiva Melilla para la conservación del Estadio Álvarez Claro”.
E.- DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA EDUCATIVA
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1ª
SUBVENCIÓN PARA LAS MEJORES NOTAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
-Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1ª
SUBVENCIÓN PARA LA OBTENCIÓN DEL CARNÉ DE CONDUCIR TIPO B A LOS JÓVENES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
-Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2ª
SUBVENCIÓN PARA LA REPOSICIÓN DEL AJUAR DOMÉSTICO A LOS JÓVENES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 4ª
SUBVENCIÓN NOMINATIVA PROYECTO ACTIVA UNED
A.- DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.1- CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL COLEGIO OFICIAL DE AGENTES DE ADUANAS Y REPRESENTANTES ADUANEROS DE MELILLA
Con ello se pretende agilizar el tráfico de mercancías y lograr una tramitación más racional en la presentación de documentación y la garantía del cobro del Impuesto sobre la Producción e Importación (IPSI) en su modalidad Importación.
Suscripción de un convenio de colaboración previsto nominativamente en los Presupuestos Generales de la Ciudad, ejercicio 2024, con los siguientes compromisos:
AGENTES ADUANAS:
CIUDAD AUTÓNOMA:
La CAM efectuará pagos a cuenta del importe de la subvención. Dichos abonos a cuenta supondrán la realización de pagos fraccionados que corresponderán al número de hojas declaratorias presentadas que han dado lugar a ingresos. Las liquidaciones y pago se efectuarán por trimestres vencidos, teniendo en cuenta el número de declaraciones que refleje la aplicación informática de “Ipsi Importación”, donde aparecen individualizadas por cada uno de los Agentes integrados en el Colegio Oficial de Agentes de Aduanas y Representantes Aduaneros de Melilla, y hasta el límite subvencionable total de 525.000,00 euros
De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente Acuerdo del Consejo de Gobierno, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a partir de su notificación, o bien, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses.
No obstante, podrán utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad. Lo que se traslada para su publicación y general conocimiento.
Melilla, a 13 de mayo de 2025,
P.A. del Secretario Acctal. del Consejo de Gobierno,
Por Decreto nº 73 de 08/05/2025,
El Secretario Técnico del Patronato de Turismo,
Arturo Jiménez Cano